Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2018 (25/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de octubre de 2018 /

El Peruano

Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del Capítulo I: Del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones del Decreto Legislativo N° 1252 y sus modificatorias, establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el numeral 5.5 del artículo 5 del Capítulo I: Del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones de la mencionada norma, señala que las Unidades Formuladoras acreditadas del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local para la fase de Formulación y Evaluación son responsables de aplicar los contenidos, las metodologías y los parámetros de formulación; elaborar las fichas técnicas y los estudios de preinversión requeridos teniendo en cuenta los objetivos, metas e indicadores previstos en la fase de Programación Multianual y de su aprobación o viabilidad, cuando corresponda; Que, el numeral 5.7 del artículo 5 del Capítulo I: Del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones del citado Decreto Legislativo, establece que las Unidades Ejecutoras de Inversiones son los órganos responsables de la ejecución de las inversiones y se sujetan al diseño de las inversiones aprobado en el Banco de Inversiones; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2017-EF, y modificatorias, señala que le corresponde al Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, como Órgano Resolutivo, designar a los responsables de las Unidades Formuladoras de su Sector, siempre que cumplan con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 151-2017MEM/DM, se designó en el Ministerio de Energía y Minas a la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Energía y Minas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 298-2017MEM/DM, se designó a los órganos que actuarán como Unidades Formuladoras y a los que actuarán como Unidades Ejecutoras de Inversiones, así como a sus responsables en las entidades y empresas del Sector Energía y Minas; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 1592018-MEM/DM, se designó a órganos y/o responsables de Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones, a solicitud de las entidades y empresas del Sector Energía y Minas que requerían una nueva designación o el reemplazo de los anteriormente designados; Que, mediante Resolución Ministerial N° 311-2018MEM/DM, se designó a órganos y/o responsables de Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras de Inversiones, a solicitud de las entidades y empresas del Sector Energía y Minas que requerían una nueva designación o el reemplazo de los anteriormente designados; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15, se aprobó la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la Fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto, dejando sin efecto la Directiva N° 001-2017-

EF-63.01, Directiva para la Programación Multianual en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N° 001-2017-EF-63.01 y modificatorias. Que, los literales e) y f) del numeral 6.2 del artículo 6 de la Directiva anteriormente mencionada, establece que el Órgano Resolutivo (OR) designa al órgano que realizará las funciones de la Unidad Formuladora (UF), así como a su responsable, para lo cual se deberá verificar el cumplimiento del perfil profesional establecido en el Anexo Nº 02: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora (UF); asimismo designa al órgano que realizará las funciones de la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI), así como a su responsable; Que, atendiendo a lo señalado en los considerandos precedentes, las entidades y empresas adscritas al Sector Energía y Minas, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (invierte.pe), presentaron la documentación necesaria a efectos de solicitar la designación de los órganos que cumplirán las funciones de Unidades Formuladoras (UF) y/o Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI), y sus respectivos responsables; Que, mediante el Informe N° 201-2018-MEM/OGPPOPPIC, la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, como órgano encargado de realizar las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Energía y Minas, y de acuerdo al marco normativo del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (invierte.pe), propone el proyecto de Resolución Ministerial para designar en una relación actualizada los órganos que actuarán como Unidad Formuladora (UF), como Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI), así como a sus responsables en las entidades y empresas del Sector Energía y Minas; Con el visto bueno del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Legislativo Nº 1252 que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 035-2018-EF/15 que aprueba la Directiva para la Programación Multianual que regula y articula la Fase de Programación Multianual del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y la Fase de Programación del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los órganos que actuarán como Unidad Formuladora (UF), los órganos que actuarán como Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI), así como, a sus responsables en las entidades y empresas del Sector Energía y Minas, conforme al Anexo N° 1 "Relación de los órganos designados como Unidades Formuladoras, Unidades Ejecutoras de Inversiones y sus responsables del Sector Energía y Minas" que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales que a continuación se indican: Resolución Ministerial N° 298-2017-MEM/DM, Resolución Ministerial N° 159-2018-MEM/DM y Resolución Ministerial N° 3112018-MEM/DM. Artículo 3.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial y el Anexo N° 1 en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www. minem.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas

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