Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2018 (25/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Jueves 25 de octubre de 2018 /

El Peruano

Que, mediante OF.RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/167, de fecha 15 de octubre de 2018, el Ministro de Relaciones Exteriores comunica al Ministro de Economía y Finanzas la realización del Encuentro Presidencial y XII Gabinete Binacional Perú - Ecuador, que se llevará a cabo el día 26 de octubre de 2018, en la ciudad de Quito, República del Ecuador; así también, se realizarán las reuniones preparatorias de carácter técnico, el día 25 de octubre de 2018, en la mencionada ciudad; Que, el Encuentro Presidencial y XII Gabinete Binacional Perú - Ecuador constituye la máxima instancia de diálogo político y colaboración bilateral entre ambos países, teniendo por objeto armonizar las políticas bilaterales con énfasis en asuntos sociales y culturales; asuntos productivos, comerciales, de inversión y turismo; asuntos ambientales, energéticos y mineros; infraestructura y conectividad; y, seguridad y defensa; Que, las actividades asignadas al sector Economía y Finanzas se concentran en lo relativo a las negociaciones para un acuerdo de protección recíproca de inversiones; cooperación aduanera y promoción de la formalización del comercio transfronterizo de productos hidrobiológicos; Que, en vista de ello, resulta relevante la participación del señor Hugo Fabrizzio Perea Flores, Viceministro de Economía, en representación del Ministro de Economía y Finanzas, con el fin de establecer las metas y compromisos conjuntos dentro del Gabinete Binacional, en el marco de las competencias del Sector Economía y Finanzas; Que, el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por concepto de viáticos son financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Hugo Fabrizzio Perea Flores, Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, los días 25 y 26 de octubre de 2018, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Viáticos (2) : US$ 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el

citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1705918-1

EDUCACION
Modifican el Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 251-2018-MINEDU Lima, 23 de Octubre de 2018 VISTO: el Expediente N° MPT2018-EXT-0130103, el Oficio N° 2221-2018-MINEDU/SG-OGRH, el Informe N° 655-2018-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, el Informe N° 95-2018-MINEDU/SG-OGRH-OBIR, el Memorándum N° 1712-2018-MINEDU/SG-OGRH, el Informe N° 1052-2018-MINEDU/SG-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, la Oficina General de Recursos Humanos, tiene la función de proponer y evaluar la política y acciones relacionadas con la gestión del recurso humano en el Ministerio, en observancia de la normativa aplicable, con excepción del personal que se encuentra comprendido en la carrera magisterial; Que, mediante Oficio N° 2221-2018-MINEDU/SGOGRH de fecha 18 de setiembre de 2018, la Oficina General de Recursos Humanos, adjunta el Informe N° 655-2018-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER y el Informe N° 95-2018-MINEDU/SG-OGRH-OBIR, en los cuáles señalan que a efectos de garantizar el desempeño de los trabajadores que se encuentran bajo los alcances de la Ley N° 24041, se propone la modificación del cronograma establecido en el artículo 15; así como los literales a), b), c) y e) del artículo 21, el primer párrafo del artículo 25 y el artículo 27 del Reglamento de Rotaciones, Reasignaciones y Permutas para el Personal Administrativo del Sector Educación, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 639-2004-ED y modificado por la Resolución de Secretaría General N° 320-2017-MINEDU, en adelante, el Reglamento; Que, asimismo, la Oficina General de Recursos Humanos propone la modificación de los literales c) de los artículos 20 y 52, respectivamente, del Reglamento con la finalidad de precisar la participación de un representante del Sindicato en la conformación de los Comités de Evaluación de los procesos de rotación y reasignación; Que, el Reglamento tiene por finalidad establecer las normas y procedimientos sobre las rotaciones,

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