Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2018 (27/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 27 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Informe Nº 126-2018-OEFA/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 347-2018-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, mediante la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de todas las personas naturales o jurídicas; así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental ­a cargo de las diversas entidades del Estado­se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente; Que, el Artículo 8º de la Ley antes citada determina que el Consejo Directivo del OEFA, tiene entre sus principales funciones aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA; Que, el Numeral 6.1 del Artículo 6º del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, establece que los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental - PLANEFA, son los instrumentos de planificación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización Ambiental - EFA programa las acciones a su cargo en materia de fiscalización ambiental a ser efectuadas durante el año fiscal; asimismo, señala que las EFA tienen la obligación de formular, aprobar y reportar su PLANEFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto; Que, el Numeral 4.3 del Artículo 4º de los Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD, modificado por Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2016-OEFA/ CD, señala que las actividades previstas en el PLANEFA deberán estar contenidas en los correspondientes Planes Operativos Institucionales de las EFA, a fin de asegurar los recursos presupuestarios necesarios para el ejercicio de las funciones de fiscalización ambiental; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 037-2017-OEFA/CD, se aprueba el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA correspondiente al año 2018; Que, a través de los documentos de vistos, se sustenta la necesidad de modificar: i) las metas de supervisión establecidas en el PLANEFA 2018, relacionadas a las actividades de agricultura a cargo de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas (DSAP); ii) las metas de supervisión establecidas en el PLANEFA 2018, referidas a residuos sólidos y consultoras ambientales a cargo de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios (DSIS); y, iii) el "Plan de Implementación de Instrumentos Legales" contenido en el Anexo 1 del PLANEFA 2018, a cargo de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental (DPEF); a fin de alinearlos al Plan Operativo Institucional 2018 modificado; Que, mediante Acuerdo Nº 030-2018, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 027-2018 del Consejo Directivo, realizada el 17 de octubre de 2018, se acordó por unanimidad aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA modificado, del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA correspondiente al año 2018, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata;

Contando con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, de la Dirección de Evaluación Ambiental, de la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas, de la Dirección de Supervisión Ambiental en Infraestructura y Servicios, y de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA; el Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM; los Lineamientos para la formulación, aprobación y evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/ CD, modificado por Resolución de Consejo Nº 0262016-OEFA/CD; y, los Literales e) y n) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA modificado, del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA correspondiente al año 2018, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (02) días hábiles contados desde su emisión. Artículo 3º.- Disponer la publicación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA modificado, del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA correspondiente al año 2018, aprobado en el Artículo 1º de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), con excepción de la programación de las acciones de fiscalización contenidas en el Anexo 4 del PLANEFA, a fin de asegurar la efectividad de las acciones de fiscalización ambiental. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1706827-1

SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO
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RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 255-2018-SERNANP Lima, 24 de octubre de 2018 VISTO: El Informe N° 573-2018-SERNANP-DGANP e Informe N° 233-2018-SERNANP-OAJ, emitidos por la Dirección

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