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26 NORMAS LEGALES Sábado 27 de octubre de 2018 / El Peruano Aprobar la ejecución de la expropiación del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Tramo Nº 1 del Corredor Vial interoceánico Sur, Perú Brasil (San Juan de Marcona – Urcos)” y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 309.28, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario.Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, notifi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “TRAMO Nº 1 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEANICO SUR, PERU BRASIL (SAN JUAN DE MARCONA - URCOS)” NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALSANDRA BEATRIZ ROJAS SANDOVAL CUPECÓDIGO: T1-Luca-004 AREA AFECTADA: 154.64 m2 AFECTACIÓN: Total del Inmueble 309.28 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Por el Norte: Con Carretera Interoceánica Sur Tramo 1 - RUTA PE30A, en cinco tramos de 4.12 m, 4.05 m, 2.89 m, 2.63 m, y 3.25 m.• Por el Sur: Con terrenos de Sandra Beatriz Rojas Sandoval Cupe, en seis tramos de 8.22 m, 6.74 m, 7.47 m, 1.98 m, 5.62 m y 2.33 m.• Por el Este: Con Carretera Interoceánica Sur Tramo 1 - RUTA PE30A, en dos tramos de 2.46 m y 8.20 m• Por el Oeste: Con Carretera Interoceánica Sur Tramo 1 - RUTA PE30A, en dos tramos de 2.06 m y 6.00 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) P1 P1 - P2 8.22 581,899.7654 8,384,089.5267 P2 P2 - P3 6.74 581,907.2803 8,384,092.8685P3 P3 - P4 7.47 581,914.0167 8,384,093.0664P4 P4 - P5 1.98 581,914.6184 8,384,085.6199 P5 P5 - P6 5.62 581,916.4698 8,384,084.9259 P6 P6 - P7 2.33 581,921.7139 8,384,086.9383P7 P7 - P8 8.20 581,923.9796 8,384,086.4003P8 P8 - P9 2.46 581,920.4567 8,384,093.8091P9 P9 - P10 3.25 581,919.1350 8,384,095.8840 P10 P10 - P11 2.63 581,916.6811 8,384,098.0226 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL : Expedido con fecha 25.01.2017 (Informe Técnico Nº 0084-2017-Z.R.N. XI/UR-NASCA) por la O fi cina Registral de Nasca de la Zona Registral Nº XI, Sede Ica.P11 P11 - P12 2.89 581,914.2839 8,384,099.0977 P12 P12 - P13 4.05 581,911.4257 8,384,099.5149P13 P13 - P14 4.12 581,907.4566 8,384,098.6934 P14 P14 - P15 2.06 581,904.0944 8,384,096.3157 P15 P15 - P1 6.00 581,902.8548 8,384,094.6666 1706376-2 Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU. y México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 823-2018-MTC/01.02 Lima, 24 de octubre de 2018 VISTOS: La Comunicación ATSA OPER INST 265/18 recibida el 01 de octubre de 2018, de la empresa AERO TRANSPORTE S.A., el Informe N° 510-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 562-2018-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en el numeral 10.1 de su artículo 10 dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización