Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2018 (27/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de octubre de 2018 /

El Peruano

Aprobar la ejecución de la expropiación del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Tramo Nº 1 del Corredor Vial interoceánico Sur, Perú Brasil (San Juan de Marcona ­ Urcos)" y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 309.28, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario.

Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el bien inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "TRAMO Nº 1 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEANICO SUR, PERU BRASIL (SAN JUAN DE MARCONA - URCOS)"
Nº SUJETO ACTIVO / SUJETO PASIVO BENEFICIARIO CÓDIGO: T1-Luca-004 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 154.64 m2 AFECTACIÓN: Total del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: VERTICES · Por el Norte: Con Carretera Interoceánica Sur Tramo 1 - RUTA PE30A, en cinco tramos de 4.12 m, 4.05 m, 2.89 m, 2.63 m, y P1 3.25 m. · Por el Sur: Con terrenos de Sandra Beatriz Rojas Sandoval P2 Cupe, en seis tramos de 8.22 m, 6.74 m, 7.47 m, 1.98 m, 5.62 P3 m y 2.33 m. · Por el Este: Con Carretera Interoceánica Sur Tramo 1 - RUTA P4 PE30A, en dos tramos de 2.46 m y 8.20 m P5 · Por el Oeste: Con Carretera Interoceánica Sur Tramo 1 - RUTA MINISTERIO DE SANDRA PE30A, en dos tramos de 2.06 m y 6.00 m. TRANSPORTES Y P6 BEATRIZ ROJAS 1 COMUNICACIONES SANDOVAL P7 - PROVIAS CUPE NACIONAL P8 P9 P10 P11 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Expedido con fecha 25.01.2017 (Informe Técnico Nº 0084-2017-Z.R.N. XI/URNASCA) por la Oficina Registral de Nasca de la Zona Registral Nº XI, Sede Ica. P12 P13 P14 P15 LADO P1 - P2 P2 - P3 P3 - P4 P4 - P5 P5 - P6 P6 - P7 P7 - P8 P8 - P9 P9 - P10 P10 - P11 P11 - P12 P12 - P13 P13 - P14 P14 - P15 P15 - P1 DISTANCIA (m) 8.22 6.74 7.47 1.98 5.62 2.33 8.20 2.46 3.25 2.63 2.89 4.05 4.12 2.06 6.00 WGS84 ESTE (X) 581,899.7654 581,907.2803 581,914.0167 581,914.6184 581,916.4698 581,921.7139 581,923.9796 581,920.4567 581,919.1350 581,916.6811 581,914.2839 581,911.4257 581,907.4566 581,904.0944 581,902.8548 NORTE (Y) 8,384,089.5267 8,384,092.8685 8,384,093.0664 8,384,085.6199 8,384,084.9259 8,384,086.9383 8,384,086.4003 8,384,093.8091 8,384,095.8840 8,384,098.0226 8,384,099.0977 8,384,099.5149 8,384,098.6934 8,384,096.3157 8,384,094.6666 309.28

1706376-2

Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU. y México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 823-2018-MTC/01.02 Lima, 24 de octubre de 2018 VISTOS: La Comunicación ATSA OPER INST 265/18 recibida el 01 de octubre de 2018, de la empresa AERO TRANSPORTE S.A., el Informe N° 510-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 562-2018MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;

CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en el numeral 10.1 de su artículo 10 dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización

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