Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2018 (01/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 1 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES
US$. 5,496.00

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Pasajes Aéreos: Lima - Barcelona (Reino de España) - Lima US$. 2,748.00 x 2 personas Viáticos: US$. 540.00 x 2 personas x 7 días x 40% TOTAL A PAGAR: US$. 3,024.00 ---------------------US$. 8,520.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad del actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 0562013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:

JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1686510-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1105-2018 DE/MGP Lima, 28 de agosto de 2018 Vista, la Carta G.500-4250 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 9 de agosto de 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 12/18 de fecha 19 de enero de 2018, el Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina hace de conocimiento al Director de Asuntos Internacionales de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, la asignación de vacantes de diversos cursos, entre otros, el Curso Inspectores de Buques por el Estado de Abanderamiento Especialidad Seguridad de Radio, a realizarse en la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, ubicada en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 3 al 14 de setiembre de 2018; Que, el citado viaje ha sido incluido en el proyecto reestructurado del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa AF-2018, del Rubro 3: Formación / Calificación / Especialización, Ítem 3, Anexo 2 (RDR), remitido con Carta G.500-0476 del Comandante General de la Marina, de fecha 14 de mayo de 2018; Que, con Oficio N.1000-1063 de fecha 2 de agosto de 2018, el Director General de Educación de la Marina propone al Capitán de Corbeta Ivar Alexander BURNEO Flores, para que participe en el mencionado curso; lo que permitirá capacitar al personal de Oficiales de la Organización de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas en las técnicas y prácticas para la supervisión del equipamiento radioeléctrico de los buques, a fin de incrementar el nivel de perfeccionamiento sobre la verificación de la eficacia y el grado de cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones convencionales derivadas del ejercicio de la jurisdicción que le compete a un Estado en su calidad de Estado Ribereño de Bandera y Rector, aplicando técnicas adecuadas de auditorías relacionadas con la implementación de la Organización Marítima Internacional; Que, de acuerdo con el documento Nº 178-2018 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Ivár Alexander BURNEO Flores, CIP. 00927867, DNI. 43600281, para que participe en el Curso Inspectores de Buques por el Estado de Abanderamiento Especialidad Seguridad de Radio, a realizarse en la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, ciudad de Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 3 al 14 de setiembre de 2018; así como, autorizar su salida del país el 2 y su retorno el 15 de setiembre de 2018. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$. 910.00 Viáticos: US$. 370.00 x 12 días TOTAL A PAGAR: US$. 4,440.00 -------------------US$. 5,350.00 US$. 910.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1686510-1

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