Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2018 (18/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Martes 18 de setiembre de 2018 /

El Peruano

para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1692382-5

diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, respectivamente, se precisa que: - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato al cargo de consejero regional culminan el día de la elección; por consiguiente, las autoridades regionales y municipales deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se considerarán automáticamente prorrogadas hasta la proclamación de los resultados de la elección del 7 de octubre de 2018; por tal razón, las autoridades que participan como candidatos, deben reasumir sus funciones a partir del día siguiente de la proclamación de resultados, con excepción de aquellos que participen en una segunda elección, cuyas licencias continuarán vigentes hasta el día de los comicios; en ese sentido, deben reasumir sus funciones al día siguiente de la segunda elección. 5. Con fecha 28 de mayo de 2018 (fojas 3), Teobaldo Teórico Pérez Coaquira, alcalde de Municipalidad Distrital de Matalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2018, siendo esta concedida en Sesión Ordinaria de Concejo, del 28 de mayo de 2018 (fojas 6 a 8), formalizada mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 026-2018-A/MDM, de la misma fecha (fojas 2), por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 8 de octubre de 2018 (debiendo entenderse entre el 9 de junio y el 7 de octubre, en atención a la normativa previamente citada). 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), resulta procedente convocar al primer regidor Ernesto Vicente Romero Quispe, identificado con DNI Nº 29440607, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Hernán Manuel Coloma Ramírez, identificado con DNI Nº 09689904, candidato no proclamado de la organización política Partido Aprista Peruano, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Teobaldo Teórico Pérez Coaquira, alcalde de Municipalidad Distrital de Matalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR al regidor Ernesto Vicente Romero Quispe, identificado con DNI Nº 29440607, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Matalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Hernán Manuel Coloma Ramírez, identificado con DNI Nº 09689904, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Matalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Matalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua
RESOLUCIÓN Nº 1309-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00341 MATALAQUE - GENERAL SÁNCHEZ CERRO MOQUEGUA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, treinta de julio de dos mil dieciocho VISTOS los Oficios Nº 068-2018-MDM y N. 0912018-MDM, recibidos el 18 de junio y 14 de julio de 2018, respectivamente, mediante los cuales se comunica y remite documentación sustentatoria, respecto a la licencia, sin goce de haber, concedida a Teobaldo Teórico Pérez Coaquira, alcalde de Municipalidad Distrital de Matalaque, provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales (LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales las autoridades regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 3. Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 4. De conformidad con los artículos cuarto y quinto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el

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