Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2018 (19/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 121

El Peruano / Miércoles 19 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

121

"KERMESSE COLEGIO INMACULADA", el sábado 27 de octubre del 2018, ubicada en Calle Hermanos Santos García 108, Urb. Valle Hermoso, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1692385-1

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera Efectiva S.A. la apertura de una (1) agencia ubicada en la avenida Luis Gonzales N° 1319, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1692367-1

Autorizan al Banco de Crédito del Perú el cierre temporal de agencia, ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 3401-2018 Lima, 4 de setiembre de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú el cierre temporal, entre el 1 y el 15 de octubre de 2018, de la agencia "Diagonal Miraflores", ubicada en Esquina Av. Pardo N° 102 con Oscar R. Benavides, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1692385-2

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
Modifican la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Cusco
ORDENANZA REGIONAL Nº 140-2018-CR/GRC.CUSCO EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en la Octava Sesión Ordinaria de fecha once de junio del año dos mil dieciocho, ha debatido y aprobado el Dictamen Nº 012-2018-CR GRC-CR-P/COPPATA por la Comisión Ordinaria de Planificación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración del Consejo Regional, el Memorándum Nº 012.-2017-GR CUSCO/ GR del Gobernador Regional, Informe Nº 028-2018-GR CUSCO/GRPPAT-SGDI de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Memorándum Nº 4732018-GR CUSCO/ORAJ sobre: "MODIFICAR la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Cusco, aprobado por Ordenanza Regional Nº 046-2013-CR/GRC.CUSCO"; y, CONSIDERANDO:

Autorizan a Financiera Efectiva S.A. la apertura de agencia ubicada en el departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN SBS Nº 3404-2018 Lima, 4 de setiembre de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Financiera Efectiva S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (1) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud;

Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley Nº 30305, establece "Las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones ". La Estructura básica de los Gobiernos Regionales la conforman el Consejo Regional como ente normativo y fiscalizador (...)" y en su Artículo 192º numeral 1), precisa que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto (...) Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 27867 de la Orgánica de Gobiernos Regionales establece; los Gobiernos Regionales ejercen las competencias exclusivas y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.