Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 2018 (19/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano / Miércoles 19 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Tercera.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, así como a las unidades orgánicas que la conforman, Subgerencia de Informática la publicación de la Ordenanza en el Portal Institucional (www.munirimac. gob.pe), Secretaría General, Gestión Documentaria y Registros Civiles la publicación en el diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Imagen y Comunicación Social la difusión. Cuarta.- La Gerencia de Fiscalización Administrativa a través de la plataforma de atención a los administrados, brindará a los interesados, la información necesaria para que se acojan adecuadamente a los alcances de la presente ordenanza. Quinta.- Suspéndase las normativas Municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Sexta.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para establecer prórrogas en la vigencia de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los doce días del mes de setiembre del año dos mil dieciocho. ROSANA LUZ CASTAÑEDA TOLEDO Encargada del Despacho de Alcaldía 1692679-1

en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo 1.- Prorrogar la vigencia de los beneficios otorgados mediante la Ordenanza Municipal N° 009-2018, hasta el 29 de setiembre del 2018. Articulo 2.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL A. URBINA RIVERA Alcalde 1693046-1

Prorrogan plazo de vigencia de los beneficios tributarios otorgados mediante la Ordenanza N° 13-2018
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 18-2018-MPC-AL Callao, 14 de setiembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

PROVINCIAS

CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal N° 13-2018, prorrogada por Decreto de Alcaldía N° 16-2018-MPCAL, se aprobó un régimen de beneficios tributarios a favor de las personas naturales y jurídicas que registren obligaciones tributarias referidos a Arbitrios Municipales 2018, que se encuentren en cobranza ordinaria, coactiva y/o impugnada, con vigencia hasta el 15 de setiembre del 2018; Que, la Segunda Disposición Final y Complementaria de dicha Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas reglamentarias o complementarias que fueran necesarias para cumplir los fines de dicha Ordenanza, incluyendo la prórroga del plazo de su vigencia; Que, se ha verificado que existe un número considerable de recurrentes con la intención de acogerse a los beneficios brindados por la Ordenanza Municipal N° 13-2018, por lo que resulta conveniente prorrogar la vigencia de la misma hasta el 29 de setiembre del 2018; Estando a lo expuesto, con la visación de las Gerencias Generales de Asesoría Jurídica y Conciliación y Administración Tributaria y Rentas y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo 1.- Prorrogar la vigencia de los beneficios otorgados mediante la Ordenanza Municipal N° 13-2018, hasta el 29 de setiembre del 2018. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, y a la Gerencia General de Relaciones Públicas la difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL A. URBINA RIVERA Alcalde 1693044-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 0092018 que aprobó el régimen de beneficios tributarios y no tributarios
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 17-2018-MPC-AL Callao, 14 de setiembre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal N° 0092018, prorrogada por los Decretos de Alcaldía N° 13 y 15-2018-MPC-AL, se aprobó un régimen de beneficios tributarios y no tributarios denominado "Felices Fiestas Patrias - 2018", que comprenden el Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, Multas Administrativas, Fraccionamientos Tributarios y/o Administrativos (multas administrativas), que se encuentren en cobranza ordinaria, coactiva o impugnada, con vigencia hasta el 15 de setiembre del 2018; Que, la Tercera Disposición Final de dicha Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas reglamentarias o complementarias que fueran necesarias para cumplir los fines de dicha Ordenanza, incluyendo la prórroga del plazo de su vigencia; Que, se ha verificado que existe un número considerable de recurrentes con la intención de acogerse a los beneficios brindados por la Ordenanza Municipal N° 009-2018, por lo que resulta conveniente prorrogar la vigencia de la misma hasta el 29 de setiembre del 2018; Estando a lo expuesto, con la visación dé las Gerencias Generales de Asesoría Jurídica y Conciliación y Administración Tributaria y Rentas y Gerencia Municipal,

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