Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2018 (20/09/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

24

NORMAS LEGALES

Jueves 20 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones", dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1693397-1

Disponen la publicación en la página web del Ministerio del proyecto de "Normas Técnicas para la Gestión de Emergencias Viales"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2018-MTC/14 Lima, 22 de agosto del 2018. CONSIDERANDO: Que, el artículo 16° de la Ley No 27181-Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, teniendo, entre otras, competencias normativas; Que, en ese marco, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo No 034-2008-MTC, ha señalado en el Numeral 4.1 de su artículo 4°, que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, es la autoridad competente para dictar las normas correspondientes a la gestión de la infraestructura vial, fiscalizar su cumplimiento e interpretar las normas técnicas contenidas en dicho reglamento. Asimismo; el artículo 19°, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final de la misma norma, señalan que este Ministerio, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, elabora, actualiza y aprueba los manuales para la gestión de la infraestructura vial; Que, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, ha previsto en su artículo 18°, que los manuales son documentos de carácter normativo y de cumplimiento obligatorio, que sirven como instrumentos técnicos a las diferentes fases de gestión de la infraestructura vial; Que, en relación a los manuales previstos en el artículo 20º, del mencionado reglamento se encuentra la Segunda Disposición Complementaria y Final que encarga al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles dictar las normas y procedimientos necesarios para la Gestión de Emergencias Viales del Sistema Nacional de Carreteras; Que, de otro lado, de acuerdo con el artículo 60° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, tiene, entre sus funciones, la de formular y actualizar normas de carácter técnico y/o administrativas relacionadas con la gestión de infraestructura vial (estudios, construcción, rehabilitación, mejoramiento, mantenimiento y uso de caminos); Que, en ejercicio de tales funciones, la Dirección de Normatividad Vial estimó conveniente efectuar, a través de los profesionales de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles la elaboración del proyecto de "Normas Técnicas para la Gestión de Emergencias Viales", con el objeto de establecer criterios, procedimientos y pautas generales que permitan orientar a las autoridades a implementar planes de prevención y atención de emergencias viales en la red vial a su cargo; Que, luego de la culminación de tales trabajos, la Dirección de Normatividad Vial ha formulado la versión final del mencionado proyecto, la misma que ha sido presentada a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, con Informe No 059-2018-MTC/14.04 de fecha 17 de agosto del 2018, para su publicación correspondiente. Asimismo, la citada dirección ha sustentado tal proyecto normativo, con Informe Técnico No 003-2018-MTC/14.04;

Que, el Decreto Supremo No 001-2009-JUS"Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general", señala, en su artículo 14°, que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de norma de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) días, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en concordancia con esta norma, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emitió la Directiva No 001-2011-MTC/01-Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos de normas legales, aprobada por Resolución Ministerial No 543-2011-MTC/01; la cual ha previsto en su Numeral 6.2.5 que, en el caso de normas legales de rango inferior a una Resolución Viceministerial o a una Resolución de Secretaría General, la publicación se aprobará mediante la emisión del dispositivo legal que corresponda, según la Unidad Orgánica que proponga la norma; Que, de acuerdo con ello, y siendo que el proyecto de "Normas Técnicas para la Gestión de Emergencias Viales" deberá ser aprobado por la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, mediante una resolución directoral (norma de rango inferior a las señaladas en el numeral 6.2.5 de la Directiva); la publicación del proyecto presentado deberá ser autorizada por esta Dirección General; Que, asimismo, la Directiva No 001-2011-MTC/01 ha establecido en su Numeral 6.3, que los comentarios, observaciones y sugerencias de los usuarios y administrados, se recibirán por escrito y mediante correo electrónico; Que, estando a lo señalado, resulta pertinente dictar el acto administrativo de autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo No 01-2009-JUS, la Directiva No 001-2011MTC/01 y en uso de las facultades previstas en la Resolución Ministerial No 244-2018-MTC/01.02; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación del proyecto de "Normas Técnicas para la Gestión de Emergencias Viales", en la Página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, portal.mtc.gob.pe., por un plazo de treinta (30) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente resolución; con el objeto de recibir los comentarios, observaciones, y sugerencias de la ciudadanía en general. Artículo 2°.- Las opiniones podrán ser formuladas por: correo electrónico (proyectonormas@mtc.gob. pe) o escrito (Jr. Zorritos N° 1203-Cercado de Lima); correspondiendo a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles la atención final de las mismas. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS E. LOZADA CONTRERAS Director General (e) Dirección General de Caminos y Ferrocarriles 1693021-1

Declaran diversas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que serán otorgadas mediante Concurso Público en localidades ubicadas en los departamentos de Amazonas, Apurímac, Cusco y La Libertad
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 2620-2018-MTC/28 Lima, 6 de setiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40 de su reglamento,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.