Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2018 (26/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 26 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Artículo Tercero.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el viaje autorizado mediante la presente resolución, el magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en la actividad antes mencionada. Artículo Quinto.- Comunicar la presente resolución al magistrado José Luis Sardón de Taboada; a la vicepresidencia y a los magistrados del Tribunal Constitucional; a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración; a las oficinas de Logística, Gestión y Desarrollo Humano, Contabilidad y Tesorería, Tecnologías de la Información; y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, publíquese y comuníquese. ERNESTO BLUME FORTINI Presidente 1694818-1

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Aprueban resultado final de proceso de selección y la contratación de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 497-2018/MDR Rímac, 17 de setiembre de 2018 LA ENCARGADA DEL DESPACHO DE ALCALDÍA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO; el Informe Nº 003-2018-CCPM/MDR, de fecha 14 de septiembre del 2018 presentado por la Comisión de Concurso Público de Méritos encargada de dirigir el proceso de selección del Concurso Público de Méritos Nº 003-2018-MDR, para la designación de un (01) Ejecutor Coactivo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 078-2018MDR, de fecha 18 de agosto del 2018, el Concejo Municipal aprobó el Concurso Público de Méritos para cubrir una plaza de un Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac, así como las Bases del Concurso Público, facultándosele al Alcalde a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación del precitado Acuerdo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 460-2018MDR de fecha 20 de agosto del 2018, se designa a la Comisión de Concurso Público de Méritos, con la finalidad de que lleve a cabo el Concurso Público de Mérito para la designación de un (01) Ejecutor Coactivo; Que, la Comisión Especial en el informe de vistos, sustentan la evaluación curricular, examen de conocimiento, entrevista personal y consolidados de puntajes, constituyéndose este último como Cuadro de Méritos y resultado final del Concurso, teniendo como ganador del Concurso Público de Mérito para la elección del Ejecutor Coactivo al Abogado Franco Nicla Ruiz Helguero; Que, conforme prescribe la Ley 27204 en su artículo 1º en el cual se precisa que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el resultado final que obra en el Informe 003-2018-CCPM/MDR, de fecha 14 de septiembre del 2018, expedido por la Comisión encargada de dirigir el proceso de selección del Concurso Público de Méritos Nº 003-2018-MDR, para la designación de un (01) Ejecutor Coactivo, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios. Artículo Segundo.- CONTRATAR al abogado FRANCO NICLA RUIZ HELGUERO; como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicio (CAS), quien asumirá sus funciones con efectividad a partir de la fecha de la presente Resolución. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y al interesado.

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que aprueba la desafectación de uso de suelo en el distrito de Ate
ORDENANZA N°2114 LA TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA ENCARGADA DE DESPACHO DE ALCALDÍA; POR CUANTO, EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de setiembre de 2018 los Dictámenes Nos. 38-2018-MMLCMDUVN y 80-2018-MML-CMAL de las Comisiones Metropolitanas de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y de Asuntos Legales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN DE USO DE SUELO EN EL DISTRITO DE ATE Artículo Primero.- Declarar favorable la desafectación de uso de suelo de un área de 772.50 m2 para destinar 571.96 m2 a vivienda y 200.54 m2 para área de circulación, a que continuación se indica:
EXP. 1471272013 SOLICITANTE DESCRIPCIÓN DEL PREDIO Mz. O Lotes 1, 2; Mz. N Lotes 2, Sr. Jorge Orihuela Ibarra, 3, 4 y 5, del Asentamiento Humano Presidente del Asentamiento Los Progresistas de Ate, distrito de Humano Los Progresistas Ate, provincia y departamento de de Ate. Lima.

Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, cumpla con comunicar al solicitante indicado en el artículo primero, lo dispuesto por la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, 20 de setiembre de 2018 CARMEN PATRICIA JUAREZ GALLEGOS Teniente Alcalde Encargada de la Alcaldía 1695014-1

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