Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2019 (03/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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NORMAS LEGALES

Miércoles 3 de abril de 2019 /

El Peruano

40º demás disposiciones, dispensa de aprobación del acta, con el Voto por UNANIMIDAD del Concejo Municipal aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DEROGA EL ARTÍCULO SEGUNDO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 042-2006/CM-MPH-M (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO COMO Nº 042-2007/CM-MPH-M, PERO QUE AMBAS SE REFIEREN AL MISMO ACTO ADMINISTRATIVO) Artículo Primero.- DEROGAR el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 042-2006/CM-MPH-M, publicado en el Diario Oficial El Peruano como Ordenanza Nº 0422007/CM-MPH-M, de fecha 30 de Diciembre de 2006 que ADECUA A LA MUNICIPALIDAD CENTRO POBLADO ANEXO 22 PAMPA CANTO GRANDE a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de Secretaria General; y será publicada en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huarochirí-Matucana (www. muniprovhuarochirimatucana.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVELING G. FELICIANO ORDOÑEZ Alcaldesa 1755610-1

Declaran nula la Resolución de Concejo Nº 012-2001/CM-MPH-M, que crea el Centro Poblado Menor Anexo 22, Pampa Canto Grande, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 037-2019-CM/MPH-M Matucana, 27 de marzo de 2019 EL CONCEJO PROVINCIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 27 de Marzo de 2019, como punto de Agenda "Se Declare Nulo la Resolución de Concejo Nº 012-2001/CM-MPH-M de 19 de abril de 2001 que crea el Centro Poblado Menor Anexo 22, Pampa Canto Grande, San Antonio, Huarochirí; y la Opinión Legal mediante Informe Nº 0612019/GAJ-MPH-M de 22 de Marzo de 2019 de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Huarochirí; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 refiere que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 5º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establece que el Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras. Que, la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades en su artículo 41º prescribe que "Los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresa la voluntad del órgano de gobierno para

practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional", asimismo el artículo 9º, numeral 8) señala que "corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, la Municipalidad Provincial de Huarochirí a través del Concejo Municipal ha emitido la Resolución de Concejo Nº 012-2001/CM-MPH-M aprobada con fecha 19 de abril del 2001, mediante el cual acordó CREAR la Municipalidad del Centro Poblado Menor del Anexo 22 Pampa Canto Grande. Esta Resolución fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio del año 2001. Que, la controversia entre la Municipalidad Provincial de Huarochirí y la Municipalidad de Lima Metropolitana ha merecido pronunciamiento de parte del Órgano Jurisdiccional: Sentencia de fecha 20 de agosto del 2008, en donde la Cuarta Sala Civil de Lima, mediante Resolución 173, emite sentencia declarando fundada la demanda y declara Nula la Resolución Nº 012-2001/CM-MPH-M; más adelante la Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente con fecha 16 de junio del año 2009 CONFIRMA la Sentencia por lo tanto se Declara Nula Resolución de Concejo Nº 0122001/CM-MPH-M; la misma que se encuentra consentida y ejecutoriada y, por ende, constituye y tiene calidad de Cosa Juzgada. Que, la Municipalidad Provincial de Huarochirí mediante el Concejo Municipal dando cumplimiento a la Sentencia CONSENTIDA Y EJECUTORIADA recaída en el proceso de acción popular planteada por la Municipalidad Metropolitana de Lima y, por los considerandos expuestos; en cumplimiento del mandato Judicial, corresponde emitir ACUERDO DE CONCEJO DECLARANDO NULA LA RESOLUCION Nº 012-2001/ CM- MPH-M, determinando la nulidad de todos los actos administrativos que se hubieron originado en su vigencia, en tanto le fueran aplicables en el ámbito Jurisdiccional, correspondiendo la determinación de la responsabilidad administrativa por la Autoridad de SERVIR y de Contraloría General de la Republica como ente rector del Sistema de Control, respecto a los intervinientes. Que, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 27 de Marzo del 2019, en las instalaciones del Nuevo Centro Cívico, sito en Calle Lima S/N, ubicada en la Ciudad de Matucana, con la sustentación del Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, el Procurador Público del Distrito de San Antonio y el debate de los Señores Regidores Provinciales; con el voto por UNANIMIDAD de los Regidores que asistieron a la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal. En uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 ­ "Ley Orgánica de Municipalidades", que en el artículo 39º, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; ACUERDA: Artículo Primero.DECLARAR NULO LA RESOLUCION DE CONCEJO Nº 012-2001/CM-MPH-M DE FECHA 19 DE ABRIL DE 2001, QUE CREA EL CENTRO POBLADO MENOR ANEXO 22, PAMPA CANTO GRANDE, DISTRITO DE SAN ANTONIO, PROVINCIA DE HUAROCHIRI. Artículo Segundo.- El presente acuerdo de Concejo Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación en el Concejo Municipal; será publicado en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de Secretaria General; y será publicada en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huarochirí-Matucana (www.muniprovhuarochirimatucana. gob.pe) POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. EVELING G. FELICIANO ORDOÑEZ Alcaldesa 1755608-1

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