Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2019 (03/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES

Miércoles 3 de abril de 2019 /

El Peruano

ejercicio fiscal 2019, e incentivos por pronto pago hasta el 30 de abril del 2019; En uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del Artículo 20º y el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 563-MDR hasta el 30 de abril del 2019; asimismo, la fecha de vencimiento para el pago del Impuesto Predial -al contado y de la primera cuota- y de los Arbitrios Municipales -cuotas de enero y febrero, hasta el 30 de abril de 2019. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y sus demás Subgerencias, el cumplimiento del presente Decreto. Asimismo, a la Secretaria General se le encarga su publicación en el Diario Oficial El Peruano. A la Subgerencia de Informática, su publicación en la página web de la Municipalidad: www.munirimac.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Finalmente, a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Fiscalización Administrativa y Gerencia de Imagen y Comunicación Social, su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO GUILLERMO ROSARIO TUEROS Alcalde 1755907-1

MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 488-2019/MDSR Santa Rosa, 20 de febrero de 2019 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SANTA ROSA VISTOS: En Sesión el Informe Nº 019-2019-GAJ-MDSR de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 18 de febrero del 2019; el Informe Nº 027-2019-GPP/MDSR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de fecha 18 de febrero del 2019; el Memorándum Nº 002-2019-GDEGP/ MDSR de la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva de fecha 18 de febrero del 2019; el Informe Nº 037-2019-SGOPYC/GDU/MDSR de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro de fecha 18 de febrero del 2019; el Informe Nº 043-2019-SGDC-GDEGP/MDSR de la Subgerencia de Defensa Civil de fecha 18 de febrero del 2019; el Memorándum Nº 073-2019-SG/MDSR de Secretaría General de fecha 18 de febrero del 2019; el Memorándum Nº 029-2019-GAF/MDSR de la Gerencia de Administración y Finanzas de fecha 18 de febrero del 2019, el Memorándum Nº 028-2019-GAF/MDSR de la Gerencia de Administración y Finanzas de fecha 18 de febrero del 2019, Informe Nº 043-2019-SOPPU-GDU/MDSR de la Subgerencia de Obras Públicas y Planeamiento Urbano de fecha 18 de febrero del 2019, el Informe Nº 32-2019-SGREC/GAT/MDSR de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva de fecha 18 de febrero del 2019, el Informe Nº 045-2019-GDIS/MDSR de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social de fecha 18 de febrero del 2019; el Informe Nº 026-2019-GPP/MDSR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de fecha 15 de febrero del 2019, referidos a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo

II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 ­ los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, aprobados para cada entidad; Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario oficial El Peruano, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal Institucional; Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades ­ en su artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2085-MML, la cual regula el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ha elaborado el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, a través del cual se aprueban los procedimientos administrativos y derechos de tramitación de los mismos, contando para ello con las opiniones favorables de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por Concejo Municipal; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º. Numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITACIÓN Y DISPONE SU INCLUSIÓN EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA Artículo Primero.- Aprobación de Procedimientos Administrativos y Servicios Brindados en Exclusividad Apruébense los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad, requisitos y costos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA que figura en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobación de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenido en el TUPA Apruébense los 196 derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, conforme a la relación que se detalla a continuación:

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