Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2019 (03/04/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 102

102

NORMAS LEGALES

Miércoles 3 de abril de 2019 /

El Peruano

el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante la Resolución de Gerencia Municipal Nº 033-2012-GM/MM de fecha 09 de marzo de 2012, se aprueba la Directiva Nº 003-2012-GM/MM denominada "Formulación y Aprobación de la Memoria Anual de la Municipalidad de Miraflores", que establece los lineamientos para la formulación, sistematización y aprobación oportuna de la Memoria Anual de la Municipalidad de Miraflores; Que, la Memoria Anual 2018 es un documento que resume la información de las acciones de gestión realizadas por las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Miraflores que tienen como marco los objetivos estratégicos de la institución considerando las necesidades de los vecinos y retos que enfrenta el distrito; Que, mediante el Informe Nº045-2019-RC-SGCFGAF/MM de fecha 22 de marzo de 2019, la Responsable de Contabilidad presenta los Estados Financieros, así como la información presupuestaria al 31 de Diciembre del año 2018, elaborados de acuerdo a principios de Contabilidad Gubernamental que constituyen la base teórica sobre la cual se fundamenta el proceso contable gubernamental y es complementada con Directivas y Resoluciones emitidas por la Dirección General de Contabilidad Pública; dicha información ha sido incluida en el capítulo 4 de la Memoria Anual 2018; Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante Informe Nº 31-2019-GPP/MM del 22 de marzo de 2019, señala que la estructura de la Memoria Anual está acorde al Anexo 1 de la citada Directiva. La misma incluye el balance económico, expresado en los Estados Financieros y presupuestarios al 31 de Diciembre del año 2018, opinando favorablemente respecto a la Memoria Anual y los Estados Financieros y Presupuestarios 2018; Que, según el artículo 6.1 de la Directiva antes señalada, es responsabilidad de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional elaborar la Memoria Anual de la entidad. En atención a ello, con Informe Nº 005-2019GCII/MM de fecha 22 de marzo de 2019, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional hace llegar la propuesta de la Memoria Anual de la Municipalidad de Miraflores correspondiente al año 2018, a fin de remitirse al Concejo Municipal para su conocimiento; Que, en el numeral 17 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se indica que es atribución del Concejo Municipal el aprobar la Memoria Anual, de conformidad con lo previsto en el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ordenanza Nº 438/MM de fecha 14 de abril de 2015; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad define a la Cuenta General de la Republica, como el instrumento de gestión pública que contiene información y análisis de los resultados presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales y de cumplimiento de metas e indicadores de gestión financiera, en la actuación de las entidades del sector público durante un ejercicio fiscal; Que, la citada Ley, señala en el numeral 34.1 del artículo 34º que la aprobación de la Cuenta General de la Republicas es un acto formal de ordenamiento administrativo y jurídico, que implica que la Comisión Revisora y el Pleno del Congreso de la Republica han tomado conocimiento de la misma y no implica la aprobación de la gestión ni de los actos administrativos que aquella sustenta, los que son objeto de acciones de control por parte del Sistema Nacional de Control y del Congreso de la Republica; Que, el Concejo deja constancia que la información para la elaboración de la Memoria Anual y los Estados Financieros y Presupuestarios que corresponden al año 2018 se ha encontrado sumamente dispersa, lo que significó una ardua labor de recopilación para la actual administración; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 41ºde la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR los Estados Financieros, la información presupuestaria y la Memoria

Anual de la Municipalidad Distrital de Miraflores correspondiente al Ejercicio 2018, de conformidad con las normas establecidas por la Contaduría Pública de la Nación, y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, cuyos contenidos forman parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- PRECISAR que la aprobación de los Estados Financieros y la información presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2018, no implica aprobar el contenido ni la legalidad del gasto que se sustenta, los cuales están sujetos a las acciones de control y fiscalización pertinentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas para que en coordinación con la Subgerencia Contabilidad y Finanzas, efectúe la presentación de los Estados Financieros, la información presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2018 y la Memoria Anual 2018 ante la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, órgano rector del Sistema Nacional de Contabilidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Contabilidad y Finanzas. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación del presente dispositivo en el Portal Institucional (www. miraflores.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS MOLINA ARLES Alcalde 1755845-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Prorrogan vigencia de Ordenanza que estableció beneficio por pronto pago de arbitrios municipales del año 2019, fechas de vencimiento de tributos municipales y fija el monto mínimo del Impuesto Predial 2019
DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2019/AL/MDPN Punta Negra, 27 de Febrero del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO: El Informe N° 009-2019-GAT/MDPN de fecha 23 de Febrero de 2019, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 074-2019-SGRRFT/GAT/MDPN de fecha 23 de Febrero de 2019, emitido por la de la Sub Gerencia de Recaudación Registro y Fiscalización Tributaria y el Memorándum Nº 053-2019-GM/MDPN, de fecha 27 de Febrero de 2019, de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, asimismo, el artículo 74º de la norma constitucional, reconoce a los gobiernos locales la potestad de crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a ley; ello en concordancia con lo establecido en el numeral 9) del artículo 9º y artículo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.