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15 NORMAS LEGALES Martes 9 de abril de 2019 El Peruano / cumple con los requisitos para ocupar el cargo en mención; Con el visto de la Unidad de Asesoría Jurídica;De conformidad con la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de acuerdo a las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE:Artículo 1 .- Dar por concluida la designación de la señora Rocio del Carmen Robles Herrán al cargo público de con fi anza de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, dispuesta mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 019-2019-FONCODES/DE. Artículo 2 .- Designar a partir de la fecha al señor Hernán Roberto Tenicela Ninamango en el cargo público de con fi anza de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - Foncodes, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. Artículo 3 .- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4 .- Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social, en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILBER FERNANDO VENEGAS TORRES Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1758577-1 Designan Coordinador que se desempeñará en la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos del FONCODES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 077-2019-FONCODES/DE Lima, 8 de abril de 2019VISTO:El Memorando Nº 093-2019-MIDIS-FONCODES/DE.CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES a dicho sector; Que, la Ley Nº 27594; Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, estable que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1º de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1) y 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la entidad; Que, con Resolución Ministerial Nº 228-2017-MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 091-2017-MIDIS y cuyo último reordenamiento se dio mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 020-2019-FONCODES/DE y, prevé que el cargo de Coordinador del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social, tiene la clasi fi cación EC - Empleado de Con fi anza; Que, conforme lo señalado en el documento de visto, el cargo de con fi anza de Coordinador de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social se encuentra vacante, siendo necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; Que, para este efecto, se ha evaluado los documentos del señor Pedro Ernesto Romero Urviola; quien cumple con los requisitos para ocupar el cargo en mención; Con el visto de la Unidad de Asesoría Jurídica;De conformidad con la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de acuerdo a las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE: Artículo 1 .- Designar a partir de la fecha al señor PEDRO ERNESTO ROMERO URVIOLA en el cargo público de con fi anza de Coordinador quien se desempeñará en la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - Foncodes, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. Artículo 2 .- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 3 .- Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social, en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.WILBER FERNANDO VENEGAS TORRES Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1758577-2 ENERGIA Y MINAS Establecen medidas relacionadas al Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos DECRETO SUPREMO N° 010-2019-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: CONSIDERANDO:Que, el Poder Ejecutivo, en el marco de la facultad legislativa otorgada por la Ley N° 29815, expide el