Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2019 (09/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 9 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Encargan funciones de Director II de la Oficina de Administración del CONADIS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 026-2019-CONADIS/PRE Lima, 8 de abril de 2019 VISTO: El Memorando Nº 142-2019-CONADIS/PRE de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera, el cual es además pliego presupuestario; Que, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Confianza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP, establece que la estructura orgánica del CONADIS está conformada por el Consejo Nacional, la Presidencia, la Secretaría General y demás órganos que establezca su Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2016-MIMP; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 3052016-MIMP, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del CONADIS, documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados sobre la base de su estructura orgánica; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 063-2018-CONADIS/PRE se designó al señor Rene Ricardo Alfaro Castellano como Director II de la Oficina de Administración (CAP Nº 045) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al citado cargo, siendo que con documento de visto, la Presidencia dispone que se acepte la renuncia y que se encargue la Oficina de Administración al señor Oscar Armando Castañon Mendoza Director de la Unidad de Abastecimiento; por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con la visación de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014MIMP; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1057, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0752008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011PCM; la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2016-MIMP; y, la Resolución Suprema Nº 006-2017-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 09 de abril de 2019, la renuncia formulada por el señor Rene Ricardo Alfaro Castellano, Director II de la Oficina de Administración (CAP Nº 045) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar, a partir del 09 de abril de 2019, al señor Oscar Armando Castañon Mendoza, Director I de la Unidad de Abastecimiento para que desempeñe el puesto de Director II de la Oficina de Administración del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS, en adición a sus funciones y en tanto se determine a su titular. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Entidad (www. conadisperu.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. DARÍO PORTILLO ROMERO Presidente Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 1758501-1

PRODUCE
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, en el marco de lo dispuesto por el D.S. N° 046-2019-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 136-2019-PRODUCE Lima, 5 de abril de 2019 VISTOS: El Memorando N° 352-2019-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (OGPPM), el Informe N° 071-2019-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la OGPPM, y el Informe N° 305-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, dispone que el Ministerio de la Producción (PRODUCE) formula, planea, dirige, coordina, ejecuta, supervisa y evalúa la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; así como también, dicta normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2015PRODUCE, se aprueba el Texto Único de Procedimientos

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