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M IÉRCOLES 17 DE ABRIL DE 2019NORMAS LEGALESAÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD 1 Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado Año XXXVI - Nº 14905 SUMARIO PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 076-2019-PCM.- Declaran Duelo Nacional los días 17, 18 y 19 de abril de 2019, con motivo del deceso del señor Alan Gabriel Ludwig García Pérez, ex Presidente Constitucional de la República 1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Declaran Duelo Nacional los días 17, 18 y 19 de abril de 2019, con motivo del deceso del señor Alan Gabriel Ludwig García Pérez, ex Presidente Constitucional de la República DECRETO SUPREMO Nº 076-2019-PCM CONSIDERANDO:Que, el día de hoy, miércoles 17 de abril de 2019, se ha producido el lamentable fallecimiento del señor Alan Gabriel Ludwig García Pérez, ex Presidente Constitucional de la República; Que, el ex Presidente Constitucional de la República, señor Alan Gabriel Ludwig García Pérez ejerció el cargo de Presidente Constitucional de la República desde el 28 de julio de 1985 hasta el 27 de julio de 1990 y del 28 de julio de 2006 al 27 de julio de 2011; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 al 63 del Decreto Supremo Nº 096-2005-RE, que aprueba las normas del Ceremonial del Estado y Ceremonial Regional; DECRETA:Artículo 1º.- Declárese Duelo Nacional los días 17, 18 y 19 de abril de 2019, con motivo del deceso del EDICIÓN EXTRAORDINARIA señor Alan Gabriel Ludwig García Pérez, ex Presidente Constitucional de la República. Artículo 2º.- Otórgase a los funerales del señor ex Presidente de la República, Alan Gabriel Ludwig García Pérez las honras fúnebres que corresponden al Presidente de la República en ejercicio. Artículo 3º.- El Pabellón Nacional será izado a media asta en todos los edi fi cios públicos, instalaciones militares, bases, buques, locales policiales y demás dependencias del Estado en todo el territorio nacional, así como en las misiones diplomáticas, consulares y representaciones permanentes del Perú en el exterior. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de abril del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1761794-1