Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2019 (06/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de Educación, el Ministro de Agricultura y Riego, la Ministra del Ambiente, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA Ministra de Educación JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA Ministra de Salud RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1834267-1

al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, establece que para ser integrante del Consejo Nacional de Protección del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del referido Reglamento señala que los integrantes del Consejo Nacional de Protección del Consumidor son designados mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta de las entidades y gremios que conforman dicho Consejo Nacional; Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 0982017-PCM y N° 040-2018-PCM, se designó al señor Paul David Agreda Zamudio y a la señora Cinthya López Vásquez como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor; Que, mediante el documento de visto, el Ministerio de la Producción solicita dar por concluida las citadas designaciones, y propone a sus nuevos representantes, titular y alterno, ante el referido Consejo; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor; el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Paul David Agreda Zamudio y de la señora Cinthya López Vásquez como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señorita Lucía Ana Ocharán Casabona y al señor José Antonio Rojas Coronado, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1834266-1

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 432-2019-PCM Lima, 4 de diciembre de 2019 VISTO: El Oficio N° 2299-2019-PRODUCE/SG de Secretaría General del Ministerio de la Producción; CONSIDERANDO: Que, el artículo 133 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece que el Consejo Nacional de Protección del Consumidor constituye un órgano de coordinación en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros y es presidido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual­INDECOPI en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor; Que, el Consejo Nacional de Protección del Consumidor se encuentra conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 031-2011PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios la

Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa, por acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a la PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 433-2019-PCM Lima, 4 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30879­Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se aprobó el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2019; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 3242018-PCM se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros ­ PCM para el Año Fiscal 2019, de conformidad con la Ley Nº 30879; Que, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas y/o de la Policía Nacional del Perú, para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados a realizar transferencias

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