Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2019 (06/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de diciembre de 2019 /

El Peruano

mandada a demoler por el gobierno del presidente José Balta y Montero durante el proceso de expansión de la ciudad. Actualmente, restos de esta muralla se conservan en el parque público que le da nombre; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de un (1) bien mueble (cañón) como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a un (1) bien mueble (cañón), que se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución conjuntamente con el anexo en el Diario Oficial "El Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/ cultura). Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Viceministerial a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, a la Dirección General de Museos y a la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, para conocimiento y fines a correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1833723-1

se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose a la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales, como una unidad orgánica de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 105-2019-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual contempla el cargo estructural de Director/a de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, considerado como cargo de confianza; Que, mediante Resolución Ministerial N° 140-2019-MIDIS del 29 de mayo de 2019, se encarga a la señora Lidia Patricia Aguilar Rodríguez, las funciones de Directora de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, encargo que se considera conveniente dar por concluido; Que, en ese sentido, encontrándose vacante el referido cargo, corresponde designar a la persona que se desempeñará en el cargo de Director/a de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Con los visados del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones efectuado a la señora Lidia Patricia Aguilar Rodríguez como Directora de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Teresa Liliana Trasmonte Abanto como Directora de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARIELA MARIA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra 1834261-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Directora de la Dirección de Implementación de Mejoras en la Gestión de los Programas Sociales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2019-MIDIS Lima, 5 de diciembre de 2019. VISTOS: El Memorando N° 559-2019-MIDIS/VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° 337-2019-MIDIS/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe N° 513-2019-MIDIS/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, modificado por el Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS,

Designan Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del FONCODES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 213-2019-FONCODES/DE Lima, 5 de diciembre de 2019 VISTO: El Informe Técnico N° 343-2019-MIDIS-FONCODES/ URH.

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