Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2019 (06/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 6 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

19

Que, mediante Informe N° 0934-2019-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera señala que el Gobierno Regional de Ica ha cumplido con presentar el informe referido al avance de la ejecución de los recursos que el Ministerio de Energía y Minas le ha transferido; y, con presentar el informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2018, de acuerdo a lo comprometido en la Cláusula Sexta y en la Cláusula Novena del Convenio N° 015-2019-MEM-DGFM, respectivamente; Que, en ese sentido, en aplicación de lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, resulta necesario autorizar la segunda transferencia financiera de recursos presupuestales del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Ica, por la suma de S/ 18 032,00 (Dieciocho mil treinta y dos con 00/100 soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público; en el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Ica Autorizar la segunda transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del Gobierno Regional de Ica, por la suma de S/ 18 032,00 (Dieciocho mil treinta y dos con 00/100 soles), para ser destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo con el siguiente detalle:
2.4.1 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional TOTAL EGRESOS

INTERIOR
Dan por concluidas designaciones, aceptan renuncias y designan Subprefectos Distritales en diversas regiones
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 106-2019-IN-VOI-DGIN Lima, 4 de diciembre de 2019 VISTO: El Informe N° 000447-2019/IN/VOI/DGIN/ DAP de fecha 04 de diciembre de 2019 de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior, y; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, el cual, en el numeral 13) del inciso 5.2 del artículo 5 establece como una de las funciones específicas del Ministerio del Interior, otorgar garantías personales e inherentes al orden público; así como dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 117 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; Que, en el literal b) del artículo 118 del precitado Reglamento, se establece como una de las funciones de la Dirección General de Gobierno Interior, dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través del informe de visto, la Dirección de Autoridades Políticas propone a la Dirección General de Gobierno Interior, la remoción y aceptación de renuncias de autoridades políticas; de conformidad a lo establecido en el literal g) del artículo 121 del precitado Reglamento; Que, en aplicación del numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, "La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción". Que, asimismo, el numeral 7.1 del artículo 7 de la citada norma refiere, entre otros, que el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 15202019-IN; y, el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación en el cargo de Subprefecto Distrital de las siguientes personas:
Nº 1 2 NOMBRES Y APELLIDOS HUGO BLANCO ZAMBRANO SANTILLAN CRISTIAN ALVARO SALAZAR VEGA DISTRITO QUEROPALCA MARCONA PROVINCIA LAURICOCHA NASCA REGIÓN HUANUCO ICA

Gastos Corrientes:

S/ 18 032,00 S/ 18 032,00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará vinculando a la Estructura Funcional Programática (EFP) del Programa Presupuestal (PP) 0126 "Formalización de la pequeña minería y minería artesanal", según el siguiente detalle:
Pliego Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Programa Presupuestal Producto Actividad Cuenta RUC N° 449 Gobierno Regional de Ica N° 001 Sede Central - Región Ica N° 00813 N° 0126 Formalización de la pequeña minería y minería artesanal N° 3000658 Mineros Formalizados N° 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla Única Cuenta Única del Tesoro Público ­ CUT N° 20452393817 S/ 18 032,00

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1833501-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.