Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2019 (14/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de diciembre de 2019 /

El Peruano

b) Fuera del marco de la Ley de Contrataciones del Estado - Copia del contrato de consultoría de obra. - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique el nombre del contratista y RUC, en caso de consorcio realiza dicha precisión respecto a cada uno de los consorciados con sus respectivos porcentajes de participación y la responsabilidad de cada uno de ellos; ubicación de la obra que se proyectó o que se supervisó, según corresponda; descripción de los trabajos efectuados en la obra que se proyectó o supervisó, según corresponda; monto del contrato; fecha de culminación de la consultoría; monto del presupuesto de obra establecido en el expediente técnico y adicionalmente, para el caso de supervisión de obra, el monto total de la obra ejecutada. - Copia del documento de aprobación del expediente técnico, emitido por la autoridad competente u órgano técnico de la contratante, en caso corresponda, por la naturaleza de la consultoría de obra, - Copia del presupuesto de obra, determinado en el expediente técnico. - Copia de los comprobantes de pago emitidos por el Proveedor. * Consultoría de obras culminadas en el extranjero - Copia del contrato de consultoría de obra. - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique nombre del contratista o consorcio, el porcentaje de consorcio de cada consorciado, objeto del contrato, el monto del contrato vigente, la fecha de culminación de la consultoría, el monto del presupuesto de obra establecido en el expediente técnico (o el que haga sus veces), y adicionalmente, para el caso de supervisión de obra, el monto total de la obra ejecutada. 2.5.3 Ejecutores de obras a) Procedimiento de inscripción de ejecutores de obras, persona natural nacional 1. Número de recibo y fecha del pago que se establezca en el TUPA del OSCE. 2. Solicitud al OSCE según el Formulario aprobado. 3. Copia del documento expedido por el Colegio Profesional de Arquitectos o de Ingenieros, cuando no se visualice la fecha de incorporación, profesión y especialidad en la página web de los referidos colegios profesionales. 4. Copia de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta tercera categoría del último ejercicio gravable declarada a la SUNAT y la constancia de presentación respectiva; o en su defecto, la copia de los Estados Financieros Auditados individuales del último ejercicio económico, conteniendo como mínimo copia del Dictamen de auditor independiente; y las copias del Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y las Notas Contables respectivas; o consignar en el formulario electrónico los Estados Financieros Situacionales, cuando acredite no haberse encontrado obligado a presentar la última declaración de Renta tercera categoría a SUNAT y cuente con más de seis (6) meses de actividades económicas. En caso cuente con menos de seis (6) meses de actividades económicas debe acreditar su capital con copia del Libro Contable que corresponda, en el que se muestre el registro de la cuenta Capital. Cuando la calificación reportada a la Central de Riesgos de la SBS sea distinta a la "Normal (0)", deberá consignar en el formulario electrónico los Estados Financieros Situacionales, así como la copia del comprobante de pago, constancia de cuotas no vencidas, cronograma de refinanciamiento, constancia de no adeudos u otro documento que corresponda, para acreditar mejora sobre la(s) deuda(s) reportada(s). En caso no cumpla con la condición de solvencia, respecto a los ratios de "endeudamiento" y/o "liquidez" corriente, debe consignar en el formulario electrónico los Estados Financieros Situacionales.

En caso de insolvencia patrimonial a causa de pérdidas del ejercicio o acumuladas, el proveedor debe consignar en el formulario electrónico los Estados Financieros Situacionales, a fin de demostrar haber restablecido el equilibrio económico entre el capital y el patrimonio neto para cumplir con los parámetros de medición de solvencia económica establecidos para el RNP. 5. El ejecutor de obra podrá acreditar experiencia en ejecución de obras culminadas en el extranjero y/o en el Perú fuera del marco de la Ley de Contrataciones del Estado según lo siguiente: En caso de ejecución de obras culminadas en el extranjero: - Copia del contrato de ejecución de obra - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique el nombre del contratista o consorcio; porcentaje de consorcio de cada consorciado, objeto y monto del contrato; descripción de los trabajos efectuados en la obra, fecha de suscripción del contrato, monto del contrato, plazo de ejecución de la obra, fecha de culminación de obra, fecha de recepción de obra, monto total de obra (solo el componente de obra). En caso de ejecución de obras culminadas en el Perú fuera del marco de la Ley de Contrataciones del Estado: - Copia del contrato de ejecución de obra. - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique: el nombre del contratista o consorcio, el nombre y RUC de cada uno de los consorciados con su respectivo porcentaje de participación (y la responsabilidad de cada uno de ellos de ser el caso); ubicación de la obra, descripción de los trabajos efectuados en la obra, fecha de suscripción del contrato, monto del contrato, plazo de ejecución de la obra, fecha de culminación de obra, fecha de recepción de obra, monto total de obra (solo el componente de obra). - Copia del documento de conformidad de obra emitido por la autoridad competente u órgano técnico de la contratante, en caso corresponda, por la naturaleza de la obra. - Copia de las facturas o boletas de ventas emitidas. b) Procedimiento de inscripción de ejecutores de obras, persona natural extranjera 1. Número de recibo y fecha del pago que se establezca en el TUPA del OSCE. 2. Solicitud al OSCE según el Formulario aprobado. 3. Copia del documento expedido por el Colegio Profesional de Arquitectos o de Ingenieros, cuando no se visualice la fecha de incorporación, profesión y especialidad en la página web de los referidos colegios profesionales. 4. Copia de los Estados Financieros Auditados individuales del Último Ejercicio económico de la persona que solicita su inscripción conteniendo como mínimo la copia del Dictamen de auditor independiente, y las copias del Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y las Notas Contables respectivas. En caso no cumpla con la condición de solvencia, respecto a los ratios de "endeudamiento" y/o "liquidez" corriente, debe presentar cronograma mensual de las amortizaciones durante el ejercicio siguiente de las cuentas que conforman el "total pasivo" o el "total pasivo corriente", respectivamente, debidamente firmados. En caso de insolvencia patrimonial a causa de pérdidas del ejercicio o acumuladas, el proveedor debe presentar copia de los Estados Financieros Situacionales conteniendo como mínimo el Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados y las Notas Contables respectivas, debidamente firmados a fin de demostrar haber restablecido el equilibrio económico entre el capital y el patrimonio neto para cumplir con los parámetros de medición de solvencia económica establecidos para el RNP.

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