Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2019 (14/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Sábado 14 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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* Ejecución de obras culminadas en el extranjero - Copia del contrato de obra. - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique el nombre del contratista o consorcio, el porcentaje de participación en consorcio de ser el caso; descripción de los trabajos efectuados en la obra, fecha de suscripción del contrato, monto del contrato, plazo de ejecución, fecha de culminación de obra, fecha de recepción de obra y monto final de obra (solo el componente de obra). * Subcontratos de ejecución de obras al amparo de la Ley de Contrataciones del Estado - Copia del contrato de ejecución de obra. En caso dicho documento se encuentre registrado en el SEACE, basta precisar en la solicitud el número de contrato, nomenclatura del procedimiento de selección y el nombre de la entidad contratante. - Copia de la autorización de la Entidad contratante para la celebración del subcontrato. - Copia del subcontrato. - Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratista principal, el cual indique: entidad contratante, procedimiento de selección, subcontratista; supervisor de obra, ubicación de la obra, objeto del subcontrato de obra, fecha de suscripción del subcontrato, monto del subcontrato, plazo de ejecución del subcontrato de obra, días de ampliación de plazo otorgado, fecha

de culminación del subcontrato de obra, fecha de recepción del subcontrato de obra, fecha de liquidación del subcontrato de obra, número de adicionales del subcontrato de obra, monto de las penalidades por retraso u otro; monto de los adicionales del subcontrato de obra, monto de los deductivos del subcontrato de obra, y monto total del subcontrato de obra. - Copia de las facturas emitidas. 5. Constancia de Capacidad Libre de Contratación 5.1 Son condiciones para solicitar la constancia de capacidad libre de contratación: a) Contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores como ejecutor de obras. b) No encontrarse sancionado por el Tribunal. c) Figurar como adjudicatario de la buena pro consentida en la ficha del proceso del SEACE. d) El procedimiento de selección no debe encontrarse suspendido por una acción de supervisión del OSCE. e) Que el proveedor cuente con la capacidad libre de contratación necesaria por el monto con el cual participa en el procedimiento de selección; y, en el caso de consorcios, por el monto del porcentaje de obligaciones. f) Haber efectuado la declaración de récord de obras, por lo menos, hasta el antepenúltimo mes a la fecha de presentación de la solicitud.

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REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las diversas entidades públicas que para efecto de la publicación de sus dispositivos en la separata de normas legales, que contengan o no anexos, se está tomando en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. 6. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente ­ PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).

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