Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2019 (14/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de diciembre de 2019 /

El Peruano

c.4) Documento escaneado de la conformidad del servicio o constancia de prestación emitida por el órgano encargado de las contrataciones o funcionario autorizado de la Entidad, o c.5) Documento escaneado de la constancia o certificado de trabajo emitido por el área de recursos humanos o el que haga sus veces o funcionario competente, o c.6) Documento escaneado de la hoja de servicios o registro académico laboral, en el caso de personal de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, u c.7) Otra documentación escaneada que acredite de manera fehaciente la experiencia en una entidad pública o privada. 2. Inscripción y reinscripción en el RNP 2.1. Son condiciones para la inscripción en el RNP las siguientes: 2.1.1. Inscripción con la condición de activo y domicilio habido, en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la SUNAT de la persona natural nacional y extranjera domiciliada, la persona jurídica nacional y las sucursales de personas jurídicas extranjeras. Los nombres, denominación o razón social y el domicilio fiscal son los que figuran actualizados en la SUNAT. La condición antes descrita no requiere ser cumplida por persona natural o jurídica extranjera no domiciliada en el Perú. 2.1.2. Optar, en el caso de personas jurídicas extranjeras, por inscribirse en el RNP como: a) Domiciliada (Sucursal): Persona jurídica extranjera que ha constituido una sucursal en el Perú, inscrita en SUNARP. La sucursal cuenta con representante legal inscrito ante SUNARP; o b) No Domiciliada (Principal o Matriz): Persona jurídica extranjera que no ha constituido sucursal en el Perú. Para la persona jurídica extranjera no domiciliada se considera como domicilio el declarado en el formulario. El representante legal del proveedor extranjero cuenta con la facultad de representarlo en procedimientos administrativos ante entidades públicas, debidamente inscrita en SUNARP. 2.1.3. Que las personas naturales o jurídicas no se encuentren con sanción vigente de inhabilitación ni tengan suspendido su derecho a participar en procedimientos de selección, procedimientos para implementar o extender la vigencia de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y contratar con el Estado. De encontrarse en alguna de tales situaciones, no pueden acceder a la inscripción, reinscripción, aumento de capacidad máxima de contratación y ampliación de categorías en ninguno de los registros del RNP. 2.1.4. Además del cumplimiento de las condiciones antes descritas, los proveedores cumplen, en cada caso, las siguientes: 2.1.4.1. Proveedores de Bienes y Servicios a) Encontrarse la persona natural nacional y extranjera en pleno ejercicio de sus derechos civiles y, en el caso de persona natural y jurídica extranjera que actúe con apoderado, que cuente con facultades de representación en procedimientos administrativos ante entidades públicas, inscritas en Registros Públicos del Perú. b) En el caso de la persona jurídica nacional: b.1) Estar constituida conforme a la Ley aplicable. b.2) El objeto social, los fines y/o actividades correspondan a la provisión de bienes y/o servicios, según sea el caso, y estar inscritos en la SUNARP. b.3) Contar con información actualizada inscrita en la SUNARP de acuerdo a la forma societaria o modalidad empresarial adoptada por la persona jurídica.

b.4) Contar con representante legal inscrito en la SUNARP, con facultades de representación en procedimientos administrativos ante entidades públicas. c) En el caso de la persona jurídica extranjera domiciliada y no domiciliada: c.1) Estar constituidas conforme a la ley de su país de origen. c.2) El objeto social, los fines y/o actividades correspondan a la provisión de bienes y/o servicios, según el caso, y estar inscritos ante la autoridad competente en su lugar de constitución. En el caso de personas jurídicas extranjeras domiciliadas se considera la información de la matriz. c.3) Contar con información actualizada de la matriz, inscrita en la autoridad competente en su lugar de constitución, respecto de la fecha de constitución, capital social suscrito y pagado, patrimonio, número total de acciones o participaciones, valor nominal, objeto social, fecha de designación de los miembros de los órganos de administración y del representante legal, y fecha de adquisición de la condición de socio, participacionista o titular, según corresponda. 2.1.4.2. Ejecutores de obras y consultores de obras a) Capacidad legal a.1) Que, la persona natural se encuentre en pleno ejercicio de sus derechos civiles. a.2) Que, la persona natural se encuentre inscrita en el Colegio de Ingenieros del Perú y/o Colegio de Arquitectos del Perú (Consejos Nacionales respectivos), según corresponda. a.3) En el caso de la persona jurídica nacional: a.3.1) Ser persona jurídica con fines de lucro constituida como sociedad al amparo de la Ley General de Sociedades y normas complementarias, o como empresa individual de responsabilidad limitada. El objeto social corresponde a la ejecución de obras y/o consultoría de obras, y estar inscrito en la SUNARP. a.3.2) Contar con información actualizada inscrita en la SUNARP de acuerdo a la forma societaria o modalidad empresarial adoptada por la persona jurídica. a.4) En el caso de la persona jurídica extranjera con fines de lucro: a.4.1) Estar constituida conforme a la ley de su país de origen. a.4.2) Que el objeto social corresponda a la ejecución de obras y/o consultoría de obras, según el caso, y estar inscrito ante la autoridad competente en su lugar de constitución. a.4.3) Que la persona jurídica extranjera acredite la información de la matriz respecto de la fecha de constitución, capital social suscrito y pagado, número total de acciones o participaciones, valor nominal, objeto social, fecha de designación de los miembros de los órganos de administración, representante legal y fecha de adquisición de la condición de socio, participacionista o titular. b) Solvencia económica b.1) El ejecutor de obras persona natural y jurídica, así como el consultor de obras persona jurídica debe: b.1.1) Contar con calificación (0) Normal, según el último reporte de la Central de Riesgos de la SBS o no encontrarse reportado a dicha Central de Riesgos. b.1.2) Obtener el resultado solvente en la evaluación de los ratios de medición de solvencia económica respecto a su información financiera. b.1.3) Contar con solvencia patrimonial que evidencie el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto. c) Capacidad técnica

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