Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2019 (22/12/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 22 de diciembre de 2019 /

El Peruano

VISTOS; los Informes N° 000133-2019/IN/VSP/ DGSC/DEP y N° 000085-2019-IN_VSP_DGSC_DEP_ ZVV, ambos de la Dirección de Diseño y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; los Memorandos N° 0024482019/IN/OGPP y N° 002530-2019/IN/OGPP, ambos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 003010-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en adelante SINASEC, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, conforme al artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, y al artículo 3-A de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el Ministerio del Interior ejerce la rectoría del SINASEC; Que, en ese contexto, como ente rector del SINASEC, de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 011-2014IN, en adelante el Reglamento de la Ley N° 27933, el Ministerio del Interior se constituye como la autoridad técnico normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los lineamientos y procedimientos relacionados con el diseño, la implementación y evaluación de las políticas de seguridad ciudadana y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas; y es responsable del funcionamiento estructurado, articulado y descentralizado de las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, asimismo, en el literal c) del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 27933, se dispone que el Ministerio del Interior tiene por función formular y aprobar lineamientos técnicos, directivas e instrumentos para la programación, diseño, ejecución, seguimiento, evaluación, difusión y promoción de las políticas y planes de seguridad ciudadana; Que, el artículo 35 del Reglamento de la Ley N° 27933, establece que la Dirección General de Seguridad Ciudadana mantiene relación técnica y funcional con los órganos de ejecución del SINASEC en el ámbito nacional, regional y local, sin afectar la relación jerárquica o administrativa que estos tienen al interior de las entidades a las cuales pertenecen, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana; y que para tal fin el Ministerio del Interior expide normas de obligatorio cumplimiento, así como recomendaciones dirigidas a los órganos de ejecución en los distintos niveles de gobierno; Que, por su lado el artículo 46 del Reglamento de la Ley N° 27933, establece que los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital, los cuales deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del SINAPLAN; precisando además que deben elaborarse bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, derechos humanos, intercultural y género. Asimismo, se prevé que estos planes se ajusten trimestralmente, de acuerdo al análisis del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos mediante la aplicación de los respectivos indicadores de desempeño; Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2019IN, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, en adelante PNSC 2019-2023, se aprobó el mencionado documento de gestión, el que constituye el principal instrumento del

Estado peruano para fortalecer la seguridad de la población frente a un conjunto de delitos en el territorio nacional y que incluye medidas que coadyuvarán a reforzar el orden, la paz y la seguridad en el país; Que, el artículo 124 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, dispone que la Dirección General de Seguridad Ciudadana es el órgano con autoridad técnico normativa a nivel nacional, encargado de programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la formulación, ejecución y supervisión de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana. Se encarga de evaluar el cumplimiento de las políticas y planes nacionales por las entidades competentes de los tres niveles de Gobierno. El Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, ejerce la rectoría del SINASEC. A su vez, ejerce la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC; Que, a su vez, el literal b) del artículo 125 del citado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, establece que la Dirección General de Seguridad Ciudadana tiene entre sus funciones, "Proponer, formular y aprobar lineamientos técnicos, resoluciones directorales, directivas e instrumentos para el diseño, ejecución, evaluación, difusión y promoción de Políticas y Planes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana"; Que, en el marco de sus funciones, la Dirección General de Seguridad Ciudadana, a través de los Informes N° 000133-2019/IN/VSP/DGSC/DEP y N° 000085-2019IN_VSP_DGSC_DEP_ZVV, ambos de la Dirección de Diseño y Evaluación de Políticas de Seguridad Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, propone la aprobación de tres (03) Directivas denominadas: i) Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Regional de Seguridad Ciudadana; ii) Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana; y iii) Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, respectivamente; los cuales tienen por objeto establecer disposiciones técnicas para que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, diseñen, formulen, aprueben implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de Acción de Seguridad Ciudadana en el marco de la implementación del PNSC 2019-2023, y la normatividad vigente en la materia. Asimismo, tienen por finalidad garantizar el adecuado diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los mencionados Planes de Acción, elaborados bajo los enfoques del PNSC 2019-2023; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe N° 000248-2019/IN/ OGPP/OMD de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional y el Informe N° 002-2019/IN/OGPP/OPEAJGP de la Oficina de Planeamiento y Estadística, emite opinión técnica favorable en relación a las Directivas mencionadas en el considerando que antecede; Que, teniendo como sustento las normas referidas y las opiniones técnicas antes citadas, corresponde emitir la resolución correspondiente; Con la visación de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y la Resolución Ministerial N° 1520-2019IN que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 009-2019-INDGSC denominada "Lineamientos técnicos y

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