Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2019 (22/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 22 de diciembre de 2019 /

El Peruano

12. Aunado a ello, es necesario indicar que, aun en el hipotético caso de que se hubiera emitido un pronunciamiento respecto a la titularidad o no de los inmuebles inscritos en las Partidas N° 12689689 y N° 12689710, dicha situación no imposibilitaría una reevaluación a la luz de nuevas circunstancias e instrumentales obrantes en el expediente. En mérito a ello, se realizará el análisis correspondiente. Análisis del caso concreto 13. Pues bien, en el caso concreto, el candidato Roberto César Augusto Abarca Fernández presenta dos (2) bienes inmuebles inscritos a su nombre en las Partidas Registrales N° 12689689 y N° 12689710, cuyos datos obran en el siguiente gráfico:

14. Al respecto, el JEE señaló que el estacionamiento 2 - primer piso - ubicado en Av. San Borja Norte N° 285-A, inscrito en la Partida Registral N° 12689689, no constituye parte accesoria del predio inscrito en la Partida Registral N° 12689710. 15. En efecto, se debe tener en cuenta que los bienes inmuebles inscritos en Registros Públicos son autónomos al encontrarse inscritos en partidas registrales independientes; esto quiere decir que los titulares de ambos predios pueden realizar cualquier acto jurídico de disposición, modificación, enajenación, entre otros, respecto a cada uno, de manera soberana. 16. Asimismo, el apelante acompaña a su recurso de apelación el Contrato de Compraventa y Préstamo Hipotecario, N° 6202 de Minuta N° 6016, de fecha 22

de agosto de 2011, de cuya Primera Cláusula Adicional, se advierte que desde el 9 de julio de 2010 ambos inmuebles ya se encontraban inscritos en partidas registrales distintas e independientes (N° 12689689 y N° 12689710), lo que corrobora la autonomía registral de ambos inmuebles. 17. De igual modo, mediante escrito presentado el 10 de diciembre de 2019, el apelante acompañó la escritura pública de "Aclaración de Sustitución de Régimen Patrimonial de Matrimonio" N° 3444, otorgado entre el candidato y su cónyuge, suscrito el 9 de diciembre de 2019, ante notario público, mediante la cual las partes esclarecen la Escritura Pública N° 772, en el sentido de que también se adjudicó a la cónyuge el estacionamiento registrado en la Partida Registral N° 12689689.

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