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62 NORMAS LEGALES Lunes 30 de diciembre de 2019 / El Peruano los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagada directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral de los Bienes Inmuebles a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega de los bienes inmuebles afectados dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse los inmuebles desocupados, o treinta (30) días hábiles de estar ocupados o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de los bienes inmuebles materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO – CHICLAYO – PIURA – SULLANA) NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) CODIGO: PAS-TC01-PAB-013 AREA AFECTADA: 19.17 m2AFECTACION: Parcial del Inmueble LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Por el Norte: Colinda con la Av. Perú, con una longitud de 2.12 m.• Por el Sur: Colinda con la propiedad de Centurion Villa, Filonila, con una longitud de 2.10 m.• Por la Este: Colinda con la propiedad de Pichen Centurión, Margoth Azucena, con una longitud de 9.09 m.• Por el Oeste: Colinda con la calle 5 de febrero, con una longitud de 9.09 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE NORTE 1 1-2 2.12 705473.2167 9129961.7436 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- PROVIAS NACIONAL PICHEN CENTURION, MARGOTH AZUCENA2 2-3 9.09 705475.1154 9129962.6850 18,406.173 3-4 2.10 705479.0790 9129954.5046 4 4-1 9.09 705477.1981 9129953.5720 PARTIDA REGISTRAL N° P14064059 perteneciente a los Registros Públicos de la O fi cina Registral de Trujillo, Zona Registral V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 19.12.2017 (Informe Técnico Nº 9555-2017-ZR-V-ST/OC), por la O fi cina de Catastro de la Zona Registral V - Sede Trujillo, O fi cina Registral de Trujillo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido el 29.05.2019; expedido por la O fi cina Registral de Trujillo, Zona Registral V - Sede Trujillo. 1841336-13 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1284-2019 MTC/01.02 Lima, 27 de diciembre de 2019Visto: La Nota de Elevación N° 108-2019-MTC/33.1 de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, y, CONSIDERANDO:Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú;