Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2019 (09/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Miércoles 9 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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b) Aprobar el procedimiento de selección por Contratación Directa en los supuestos que la Ley establece como delegables, en lo que concierne a la aprobación del expediente, aprobación de las bases y suscripción del contrato. c) Aprobar la contratación por Acuerdo Marco. d) Suscribir las adendas de arrendamiento de inmuebles. Artículo Cuarto.- Delegar en el/la Gerente Central de la Oficina General de Infraestructura del Ministerio Público, las siguientes facultades y atribuciones que le corresponden al Titular de la Entidad en el ámbito de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, Reglamento y modificatorias, en materia de Obras y Consultoría de Obras: Aprobar los procedimientos de selección por Adjudicación Simplificada y por Selección de Consultores Individuales, lo cual incluye la aprobación del expediente técnico de obra que no constituyan Proyectos de Inversión Pública, conformación del comité de selección, aprobación de las bases, suscripción de Contrato y/o Orden de Compra u Orden de Servicio. Artículo Quinto.- Delegar en los Gerentes Centrales de las Oficinas Generales de Logística e Infraestructura del Ministerio Público, la facultad de suscribir los contratos cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias, que estén fuera del alcance de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, Reglamento y modificatorias. Artículo Sexto.- La desconcentración de funciones que mediante delegación en materia de gestión logística y contrataciones del estado que contiene la presente resolución corresponde a las facultades y atribuciones que son de competencia del Titular de la Entidad en el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobados mediante Ley N° 30225 y Decreto Supremo N° 350-2015-EF, respectivamente, así como de sus normas modificatorias y disposiciones complementarias, con excepción de aquellas que por mandato legal tengan la calidad de indelegables, por tanto la descripción de las mismas en el artículo segundo otorgadas a la Gerente General del Ministerio Público no constituye una relación númerus clausus. Artículo Séptimo.- Las facultades y atribuciones dispuestas en el artículo segundo, tercero y cuarto de la presente resolución, se extienden también a las previstas en el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, publicado en el diario oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2018, cuando el mismo entre en vigencia a mérito de lo previsto en el artículo 2° de dicha norma. Artículo Octavo.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables, y comprenden las facultades de decidir dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; más no exime la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para cada caso en concreto. Artículo Noveno.- Disponer que las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución, se efectúa con eficacia anticipada al 1 de enero de 2019, y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019. Artículo Décimo.- La Gerencia General, la Oficina General de Logística y la Oficina General de Infraestructura deberán dar cuenta al Despacho de la Fiscalía de la Nación, acerca de la ejecución de los actos que por la presente resolución se delegan. Artículo Décimo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 530-2018-MPFN, de fecha 8 de febrero de 2018. Artículo Décimo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en la página web de la Institución. Artículo Décimo Tercero.- Remitir copia de la presente resolución a la Contraloría General de la República, Ministerio de Economía y Finanzas, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, Superintendencia de Bienes Estatales, Órgano de Control Institucional, Secretaría General de la Fiscalía

de la Nación, Gerencia General, Oficinas Generales de Logística, Infraestructura, Finanzas, Potencial Humano, Planificación y Presupuesto, Asesoría Jurídica y Tecnologías de la Información, y a la Escuela del Ministerio Público, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GONZALO CHÁVARRY VALLEJOS Fiscal de la Nación 1729763-1

Delegan diversas facultades y atribuciones al Jefe Nacional de Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y a los Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Lambayeque, La Libertad, Cusco, Piura, San Martín y Amazonas para el año 2019
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 000026-2019-MP-FN Lima, 8 de enero del 2019 VISTOS: El Oficio Nº 17-2019-MP-FN-GG de la Gerencia General y el Oficio Nº 09-2018-MP-FN-OGASEJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: En el marco de la política institucional de desconcentración administrativa, se dispuso mediante Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 1322-2011, 1420-2012, 1286-2013 y 3582-2014-MP-FN, la creación de las Unidades Ejecutoras 003: Gerencia Administrativa de Arequipa, 004: Gerencia Administrativa de Lambayeque, 005: Gerencia Administrativa de La Libertad, 006: Gerencia Administrativa de Cusco, 007: Gerencia Administrativa de Piura, 008 Gerencia Administrativa de San Martín y 009: Gerencia Administrativa de Amazonas, incorporando en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1485-2011-MP-FN las funciones de la Gerencia Administrativa encargándole la conducción e implementación de los sistemas de presupuesto, contabilidad, tesorería, abastecimiento, personal, entre otros, debiendo contraer compromisos, devengar gastos, ordenar pagos e informar sobre los avances y cumplimiento de las actividades y metas programadas. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4513-2018-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2018, se crea la Unidad Ejecutora 010: "Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IML)". A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF 2018 del Ministerio Público, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública. El numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente dicha Ley General, las leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; estableciendo expresamente en el numeral 47.2 del artículo 47º, que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante resolución del

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