Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2019 (16/02/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 16 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES
RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas ANEXO DISTRITOS DECLARADOS EN ESTADO DE EMERGENCIA POR PELIGRO INMINENTE ANTE EL PERIODO DE LLUVIAS 2018-2019
DEPARTAMENTO PROVINCIA N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 PIURA 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 MORROPÓN 23 24 25 26 PIURA 27 28 29 30 SULLANA 31 32 33 34 35 36 SECHURA 37 38 39 40 41 42 43 PAITA 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 DISTRITO TUMBES CORRALES LA CRUZ SAN JACINTO SAN JUAN DE LA VIRGEN ZARUMILLA AGUAS VERDES ZORRITOS

5

algunas provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca y La Libertad, que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente decreto supremo, por el plazo sesenta (60) días calendario, por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2018 -2019, para la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite. Artículo 2.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca y La Libertad, así como, los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y del Misterio de Energía y Minas, y demás instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda; ejecutarán las acciones, inmediatas y necesarias, destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite. Las acciones pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de la Producción, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación JAVIER ROMÁN PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANA MARÍA ALEJANDRA MENDIETA TREFOGLI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

TUMBES TUMBES ZARUMILLA CONTRALMIRANTE VILLAR

VEINTISÉIS DE OCTUBRE CASTILLA PIURA CATACAOS TAMBO GRANDE LA UNIÓN CURA MORI LAS LOMAS EL TALLÁN CHULUCANAS MORROPÓN LA MATANZA SAN JUAN DE BIGOTE SALITRAL BUENOS AIRES YAMANGO SANTO DOMINGO CHALACO SANTA CATALINA DE MOSSA SULLANA MARCAVELICA IGNACIO ESCUDERO SALITRAL MIGUEL CHECA LANCONES BELLAVISTA VICE SECHURA BERNAL BELLAVISTA DE LA UNIÓN CRISTO NOS VALGA RINCONADA LLICUAR COLÁN VICHAYAL PAITA AMOTAPE ARENAL LA HUACA TAMARINDO LA BREA EL ALTO PARIÑAS LOBITOS LOS ÓRGANOS MÁNCORA

TALARA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.