Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2019 (16/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de febrero de 2019 /

El Peruano

Las especificaciones técnicas de la presente determinación se encuentran indicadas en el Memorando N° 000280-2019/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC, en el Informe N° 000035-2019-JER/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC, ambos de fecha 13 de febrero de 2019, así como en el Informe Nº 000016-2019-ABO/DGPA/VMPCIC/MC, de fecha 13 de febrero de 2019 y en los Informes de Inspección N° 002-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, N° 003-2018-LVCDCS-VMPCIC-MC, N° 004-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, N° 005-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, N° 006-2018-LVCDCS-VMPCIC-MC y en el Plano PP-043-MC_DGPADSFL-2014 WGS84, los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- Disponer, en las poligonales especificadas en el artículo precedente, la aplicación de las siguientes medidas provisionales:
SECTOR MEDIDAS PROVISIONALES RECOMENDADAS

DEFENSA
Designan funcionarios responsables de brindar información que demanden las personas, en virtud de lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0173-2019 DE/CCFFAA Lima, 14 de febrero de 2019

Zona Arqueológica Repintado y acondicionado del muro de señalización, así Mina Perdida ­ Seccomo el retiro de cruces y escaleras. tor 1 Zona Arqueológica Mina Perdida ­ Sector 2 Repintado y acondicionado del muro de señalización y el retiro de basura y material acumulado.

CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003PCM de fecha 2 de abril de 2003, señala que la citada Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Que, el artículo 3 de la citada norma, dispone que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública, están sometidas al principio de publicidad, salvo las excepciones expresamente previstas en la mencionada Ley; asimismo, su artículo 8, establece que las entidades deben identificar al funcionario responsable de brindar la información que es solicitada en virtud de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM de fecha 6 de agosto de 2003, dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo adicionalmente colocar copia de la misma en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0216-2018 DE/CCFFAA de fecha 20 de febrero de 2018, se designó para el año 2018, al señor Capitán de Navío Juan Carlos ZÚÑIGA Lira, Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como funcionario responsable de brindar la información que demanden las personas naturales o jurídicas, en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento; así como, a la señora Capitán de Fragata CC Ingrid Patricia FERNÁNDEZ Sauri, Jefe de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, como funcionaria responsable de la elaboración y actualización de la información que se brinda a través del Portal de Transparencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Resolución Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Nº 002-2019-SJ de fecha 9 de enero de 2019, se resuelve nombrar al señor General de Brigada ING Rubén Jacobo CHUCOS Torres, como Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y con Resolución Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Nº 001-2019-SJ de fecha 9 de enero de 2019, se resuelve nombrar al señor Coronel EP Elías Fernando SOSA Pagoza, como Jefe de la Oficina de Prensa e Imagen Institucional del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir la respectiva Resolución que designe para el año 2019, al funcionario responsable de brindar la información que demanden las personas naturales o jurídicas en virtud de lo establecido en el

La paralización y/o cese de la afectación, consistente en Zona Arqueológica las labores de excavación y remoción y como medidas Mina Perdida ­ Secprovisionales la señalización consistente en la infortor 4 mación sobre la condición cultural del sector. Zona Arqueológica La señalización consistente en la información sobre la Mina Perdida ­ Sec- condición cultural del sector y el retiro del cerco vivo y de tor 5 los montículos de basura y desmonte. Zona Arqueológica La señalización consistente en la información sobre la Mina Perdida ­ Seccondición cultural del sector y el retiro del cerco vivo. tor 6

Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección General de Defensa del Patrimonio, la ejecución de las medidas dispuestas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, según corresponda, en coordinación con la Dirección de Certificaciones del Ministerio de Cultura. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "EL Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Séxto.- Notificar la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Pachacamac, a fin que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, notificar a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 0112006-ED. Artículo Sétimo.- Anexar a la presente resolución el Memorando N° 000280-2019/DSFL/DGPA/VMPCIC/ MC y los informes N° 000035-2019-JER/DSFL/DGPA/ VMPCIC/MC, Nº 000016-2019-ABO/DGPA/VMPCIC/MC, así como los Informes de Inspección N° 002-2018-LVCDCS-VMPCIC-MC, N° 003-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, N° 004-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC, N° 005-2018-LVCDCS-VMPCIC-MC, N° 006-2018-LVC-DCS-VMPCIC-MC. Regístrese, comuníquese y publíquese. LYDA CASAS SALAZAR Directora General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1741465-1

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