Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2019 (16/02/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 16 de febrero de 2019 /

El Peruano

Que, el tema central del evento es el análisis de los desafíos de la economía digital para el Impuesto al Valor Agregado (Impuesto General a la Ventas en el caso peruano), así como las experiencias y soluciones de política tributaria desarrolladas por la OCDE para abordar estos retos de manera efectiva; Que, la participación de Perú en dicho evento es relevante para los intereses nacionales y del Ministerio de Economía y Finanzas, dado que está en línea con los lineamientos de política fiscal y tributaria contenidos en el Marco Macroeconómico Multianual 2019-2022, como es la adopción de medidas que permitan combatir la evasión y elusión de impuestos, así como permitirá continuar evaluando los mecanismos para incorporar y adecuar la normativa nacional a las recomendaciones de la OCDE en materia de fiscalidad internacional; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación de la señorita Haymeet Mirella Calixto Gutierrez, profesional de la Dirección de Consumo y de Tributación sobre el Comercio Exterior de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, en el citado evento, toda vez que la mencionada Dirección es la encargada de formular, proponer y evaluar los lineamientos de política tributaria en materia de consumo así como formular los proyectos de normas que permitan la implementación de la política tributaria del gobierno nacional vinculada a los impuestos al consumo y al comercio exterior; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al

exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señorita Haymeet Mirella Calixto Gutierrez, profesional de la Dirección de Consumo y de Tributación sobre el Comercio Exterior de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Melbourne, Australia, del 18 al 24 de marzo de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 3 006,44 Viáticos (3 + 2) : US $ 1 925,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1741928-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

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