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19 NORMAS LEGALES Jueves 21 de febrero de 2019 El Peruano / ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio White & Case LLP; y, De conformidad con la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; y, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de los puntos 2, 5, 6(b), 7(a), 7(b)(2), 7(c) y el Anexo D del contrato suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio White & Case LLP, aprobado con Resolución Ministerial N° 622-2012-EF/43. Artículo 2.- Autorizar al/a la Director/ra General de la O fi cina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba la modi fi cación del contrato suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio White & Case LLP. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1743207-1 EDUCACION Modifican la R.M. N° 003-2019-MINEDU en lo referente al Responsable de la Unidad Ejecutora 123: Escuela Nacional Superior de Arte Dramático “Guillermo Ugarte Chamorro” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 068-2019-MINEDU Lima, 19 de febrero de 2019CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público se regula el Sistema Nacional de Presupuesto Público, integrante de la Administración Financiera del Sector Público, la cual de conformidad con lo establecido en el numeral 2) del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, es la gestión de los derechos y obligaciones económicas fi nancieras de titularidad del Estado, mediante la aplicación de reglas, principios y procedimientos por los que se rigen sus componentes; Que, el artículo 9 del Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, establece que el Sistema Nacional de Presupuesto Público es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que conducen el proceso presupuestario de las Entidades Públicas; Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01, establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2019; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 730-2018-MINEDU se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 010: Ministerio de Educación; así como, la Estructura Funcional y la Estructura Programática correspondiente al Año Fiscal 2019, por Unidad Ejecutora; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 9 del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Unidad ejecutora en el Sistema Nacional de Presupuesto Público es el nivel descentralizado u operativo de los Pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, que administra los ingresos y gastos públicos y se vincula e interactúa con la O fi cina de Presupuesto del Pliego o la que haga sus veces, asimismo, señala que la Unidad ejecutora puede realizar lo siguiente: 1.) Determinar y recaudar ingresos, 2.) Participar de las fases de la gestión presupuestaria, en el marco de la normatividad aplicable, 3.) Registrar la información generada por las acciones y operaciones realizadas, 4.) Informar sobre el avance y/o cumplimiento de metas y 5.) Organizar los centros de costos con el propósito de lograr la e fi ciencia técnica en la producción y entrega de los servicios al ciudadano; Que, los Responsables de las Unidades Ejecutoras deberán velar, en el ámbito de sus competencias, por la correcta aplicación de las normas que rigen la gestión del Sistema Nacional de Presupuesto Público, para el logro de los objetivos estratégicos institucionales y el Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación correspondiente al Año Fiscal 2019; Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2019-MINEDU se designan a los Responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2019, entre los cuales, se encuentra el Responsable de la Unidad Ejecutora 123: Escuela Nacional Superior de Arte Dramático “Guillermo Ugarte Chamorro”; Que, mediante O fi cio N° 00115-2019-MIENDU/VMGP- DIGESUTPA e Informe N° 004-2019-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-ALM, la Dirección General de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística, sustenta y propone el cambio del Responsable de la Unidad Ejecutora 123: Escuela Nacional Superior de Arte Dramático “Guillermo Ugarte Chamorro” a fi n que esta designación recaiga en el/la Director/a de la Dirección de Gestión de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística - DIGEST, con el objeto de facilitar el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y, a la vez, mantener y asegurar una administración y ejecución presupuestaria; Que, mediante Informe N° 00126-2019-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto señala que resulta técnicamente viable efectuar el cambio de responsable de la Unidad Ejecutora 123 en atención a que el Responsable de la Unidad Ejecutora es quien está a cargo de su administración y ejecución presupuestaria, debiendo velar, en el ámbito de sus competencias, por la legalidad y el control de sus ingresos y gastos, así como garantizar el cumplimiento de las reglas de carácter presupuestario, así como el logro de los objetivos y metas previstas en el Plan Operativo Institucional; asimismo, señala que la responsabilidad de las Unidades Ejecutoras debiera recaer en los cargos de mayor jerarquía del órgano o dependencia orgánica de la entidad sobre cuya base se sustentó la creación de la misma (especialización funcional, cobertura del servicio, factores geográ fi cos, etc.) para el mejor cumplimiento de una determinada política pública; Que, por lo expuesto, resulta necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 003-2019-MINEDU; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Dirección General de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;