Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2019 (24/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 24 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1743871-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Ministerio de Agricultura y Riego y dictan otra disposición
DECRETO SUPREMO Nº 059-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a financiar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser financiados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una comisión multisectorial; Que, el literal a) del párrafo 46.1 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/ 193 000 000,00 (CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, para el financiamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos, priorizados por la Comisión Multisectorial del FONDES; Que, el párrafo 46.2 del citado artículo, señala que los recursos a los que se refiere el literal a) del párrafo 46.1 se transfieren mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa, a solicitud del Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, mediante el Oficio N° 752-2019-INDECI/4.0, solicita una transferencia de partidas a favor del Ministerio de Agricultura y Riego para financiar veintidós (22) actividades de emergencia

priorizadas en el Acta N° 11 de la Comisión Multisectorial del FONDES; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, hasta por la suma de S/ 37 943 425,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, de otro lado, como resultado de la aplicación de la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 021-2019-EF, que establece, entre otros, que para la determinación de los índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal ­ FONCOMUN del 2019, se utilice la metodología aprobada en el Anexo del Decreto Supremo N° 060-2010-EF y solo la asignación mínima mensual de distribución del FONCOMUN, a que se refiere el artículo 8 de los Criterios y Procedimientos para la Distribución del FONCOMUN aprobados por el citado Decreto Supremo, se observa que un conjunto de municipalidades estarían percibiendo montos inferiores a los publicados en la Resolución Directoral N° 013-2018EF/50.01, por lo que resulta necesario establecer una modificación a la citada Disposición Complementaria Final; De conformidad con lo establecido en el literal a) del párrafo 46.1 y el párrafo 46.2 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, inciso 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; e inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, hasta por la suma de S/ 37 943 425,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Agricultura y Riego, para financiar veintidós (22) actividades de emergencia priorizadas por la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD En Soles : Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI ­ Instituto Nacional de Defensa Civil 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres 3000001 : Acciones comunes 5006144 : Atención de actividades de emergencia

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 37 943 425,00 -------------- TOTAL EGRESOS 37 943 425,00 =========== A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO En Soles : Gobierno Central 013 : Ministerio de Agricultura y Riego 006 : Programa Subsectorial de Irrigación­PSI 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres 3000001 : Acciones comunes En Soles ACTIVIDAD 5006144 : Atención de emergencia actividades de

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