Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2019 (24/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Domingo 24 de febrero de 2019 /

El Peruano

General del Perú en Bruselas, Reino de Bélgica; así como en el Informe (OAP) Nº 021/2019, de 13 de febrero de 2019, de la Oficina de Administración de Personal de la Oficina General de Recursos Humanos; Que, la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley N°28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, señala que los miembros del Servicio Diplomático se les aplicará en forma supletoria y en tanto no se opongan a las disposiciones de la Ley del Servicio Diplomático de la República y su Reglamento, las normas que regulan la actividad de la Administración Pública; Que, el artículo 34 inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que la carrera administrativa de los servidores públicos termina, entre otras causas, por fallecimiento; Que, en mérito a lo antes señalado y conforme a la normativa vigente sobre la materia, resulta procedente emitir el acto resolutivo de cese por fallecimiento del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Wilbert Haya Enríquez, en la carrera pública del Servicio Diplomático, a partir del 9 de febrero de 2019; De conformidad con la Ley N°28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y sus modificatorias, en concordancia con el Decreto Legislativo N°276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N°005-90-PCM; y, el Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que aprueba el Texto único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por terminada la carrera pública en el Servicio Diplomático, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Wilbert Haya Enríquez, con eficacia anticipada, a partir del 9 de febrero de 2019, fecha de su fallecimiento. Artículo 2.- Reconocer los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- Otorgar todos los beneficios que correspondan de acuerdo a lo establecido en los dispositivos legales vigentes. Artículo 4.- Excluir al citado funcionario diplomático del Escalafón del Servicio Diplomático de la República, por causal de fallecimiento, con eficacia anticipada, a partir del 10 de febrero de 2019, día posterior a la fecha de su deceso. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1744051-5

CONSIDERANDO: Que, el artículo 18 de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situación de retiro, se hará efectiva mediante Resolución Suprema; Que, la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Ruth Jeanet Saif Ubillús, no está incursa en lo establecido por el artículo 49 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 130-2003-RE; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Ruth Jeanet Saif Ubillús, a partir del 25 de febrero de 2019. Artículo 2.- Dar las gracias a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Ruth Jeanet Saif Ubillús, por los servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1744051-6

Autorizan viajes de funcionarios diplomáticos a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0122/RE-2019 Lima, 22 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, las sesiones de la Primera Reunión de Altos Funcionarios (SOM I) del APEC y sus actividades conexas se celebrarán en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 23 de febrero al 8 de marzo de 2019; Que, en el marco de esta Primera Reunión de Altos Funcionarios se llevarán a cabo también las primeras reuniones de los cuatro Comités del APEC: el Comité de Comercio e Inversiones (CTI), el Comité de Cooperación Económica y Técnica (ECOTECH), el Comité Económico (CE) y el Comité de Administración y Presupuesto (BMC), así como de los grupos de trabajo que los integran, con el fin de iniciar la implementación de los mandatos emanados de la XXVI Cumbre de Líderes del APEC, realizada en Papúa Nueva Guinea, en noviembre de 2018; Que, la agenda establecida por Chile como presidencia del proceso APEC 2019, bajo el tema principal "Conectando a Personas, Construyendo el Futuro", tratará las siguientes prioridades: Sociedad Digital, Integración 4.0, Mujer, PYMEs y Crecimiento Inclusivo, y Crecimiento Sustentable, que buscan promover la noción de un desarrollo integral, inclusivo y sustentable dando continuidad a las propuestas de la presidencia de Papúa Nueva Guinea 2018, en el mismo sentido que el proceso de reflexión sobre la visión del Foro APEC más allá del 2020;

Pasan a la situación de retiro a Ministra en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 033-2019-RE Lima, 23 de febrero de 2019 VISTOS: La solicitud de pase a la situación de retiro, presentada por la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Ruth Jeanet Saif Ubillús, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18°, inciso e) de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, a partir del 25 de febrero de 2019; El Informe Escalafonario (OAP) N.° 020/2019, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 5 de febrero de 2019;

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