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59 NORMAS LEGALES Sábado 1 de junio de 2019 El Peruano / Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1775001-1 Designan Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2019-VIVIENDA Lima, 31 de mayo de 2019CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 247-2018-VIVIENDA se designó al señor Rubén Canelo Mesías en el cargo de Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; cargo al cual ha formulado renuncia, por lo que corresponde aceptarla y designar a la persona que ocupará el mencionado cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Rubén Canelo Mesías al cargo de Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Eduardo Jaime Alfaro Esparza en el cargo de Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ESTRADA MENDOZA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1775245-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Designan Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 067-2019/APCI-DE Mira fl ores, 28 de mayo de 2019VISTO: El Memorándum N° 0424-2019-APCI/OGA de la Ofi cina General de Administración y el Informe N° 0224- 2019-APCI/OGA-UAP de la Unidad de Administración de Personal, del 24 de mayo de 2019. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, Ley N° 27692 y sus normas modi fi catorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los bene fi cios tributarios que la ley establece; Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, señala que el Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción respectivas para el cumplimiento de la obligación la cual, conforme a lo señalado en el literal f) del artículo 2 de la referida norma, es de fi nida como la acreencia impaga de naturaleza tributaria o no tributaria, o la ejecución incumplida de una prestación de hacer o no hacer a favor de una Entidad de la Administración Pública Nacional; Que, de acuerdo al numeral d) del artículo 2 del TUO de la Ley N° 26979, el Auxiliar Coactivo tiene como función colaborar con el Ejecutor Coactivo y ejerce las facultades señaladas en el artículo 5 de la referida norma; Que, el artículo 7º del TUO de la Ley Nº 26979, establece que la designación del Ejecutor y Auxiliar Coactivos, se efectúa mediante concurso público de méritos; Que, de conformidad con el artículo 1° de la Ley N° 27204, Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de con fi anza, establece que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivos son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley N° 26979, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, con Memorándum 0424-2019-APCI/OGA se remite el Informe N° 0224-2019-APCI/OGA-UAP de la Unidad de Administración de Personal (UAP) mediante el cual se comunica los resultados de los procesos de convocatoria pública CAS N° 011-2019-APCI y CAS N° 012-2019-APCI en los que se declaró ganador al señor Manuel García Alor como Ejecutor Coactivo de la entidad, y ganadora a la señora Stephanie Mora Gamboa como Auxiliar Coactivo de la APCI, a mérito de lo cual se suscribieron los contratos administrativos de servicios Nº 010-2019/APCI y N° 011-2019/APCI, respectivamente; Que, por lo tanto, resulta necesario designar al señor Manuel García Alor como Ejecutor Coactivo y a la señora Stephanie Mora Gamboa como Auxiliar Coactivo de la APCI; Con los vistos de la O fi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus normas modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 °.- Designar, con e fi cacia anticipada al 24 de mayo de 2019, al señor Manuel García Alor en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI.