Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2019 (01/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Sábado 1 de junio de 2019 /

El Peruano

Que, el inciso b) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición pasiva remitido por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, mediante el Informe Nº 25-2019/COE-TPC, del 13 de febrero de 2019, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado o voluntario del requerido, para el cumplimiento de la condena impuesta por el delito de provocación premeditada de heridas corporales leves a personas apoderadas en cumplimiento de sus servicios; Que, acorde con el literal c), inciso 3) del artículo 517, concordante con el inciso 1) del artículo 522 del Código Procesal Penal, previo a la entrega de la persona requerida, el Estado requirente deberá dar las seguridades de que se le computará el tiempo de privación de libertad que ha demandado el trámite de extradición en la República del Perú; Que, entre la República del Perú y la República de Bulgaria no existe tratado bilateral de extradición; sin embargo, conforme al inciso 1) del artículo 508 del Código Procesal Penal, las relaciones de las autoridades peruanas con las extranjeras y con la Corte Penal Internacional en materia de cooperación judicial internacional se rigen por los tratados internacionales celebrados por el Perú y, en su defecto, por el principio de reciprocidad en un marco de respeto de los derechos humanos; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado o voluntario del ciudadano búlgaro GEORGIEV ANDRIYAN YORGOV, formulada por las autoridades de la República de Bulgaria, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para el cumplimiento de la condena impuesta por el delito de provocación premeditada de heridas corporales leves a personas apoderadas en cumplimiento de sus servicios. Artículo 2.- Disponer que, previo a la entrega de la persona requerida, el Estado requirente deberá dar las seguridades que se le computará el tiempo de privación de libertad que ha demandado el trámite de extradición en la República del Perú. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1775248-9

CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Programa Sectorial IV, Nivel F-5, Director General del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar a la profesional que desempeñará las funciones inherentes a dicho cargo; Con el visado de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N° 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Arelí Seraya Valencia Vargas, como Directora de Programa Sectorial IV, Nivel F-5, Directora General del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la interesada, al Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos y a la Oficina General de Recursos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1774694-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Designan Asesora II de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 147-2019-MIMP Lima, 31 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor/a II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (CAP-P N° 027), en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora MARY ANN ZAVALA POLO en el cargo de confianza de Asesora II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1774850-1

Designan Directora General del Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0210-2019-JUS Lima, 30 de mayo de 2019

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