Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2019 (10/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Lunes 10 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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denominar a la tercera semana del mes de octubre de 2016, "V Semana de la Inclusión Social: Desafíos y oportunidades para la inclusión y el desarrollo productivo en el ámbito rural y urbano"; lo cual resultó aplicable solo para el año 2016; Que, con el Informe N° 013-2019-MIDIS/GA, el Gabinete de Asesores propone la conformación del Grupo de Trabajo que coadyuve a la realización adecuada y oportuna de la "VIII Semana de la Inclusión Social"; Que, el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que para otras funciones que no sean las indicadas para las comisiones, como son de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes; el Poder Ejecutivo puede encargarlas a grupos de trabajo; Que, por su parte, el artículo 28 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, establece que los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos específicos; Que, el citado artículo 28 establece que los grupos de trabajo de naturaleza temporal se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia, y se formaliza mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta pertinente constituir el Grupo de Trabajo encargado de diseñar, proponer, organizar y conducir la implementación de las actividades que se realizarán en la "VIII Semana de la Inclusión Social"; Con el visado de la Jefatura del Gabinete de Asesores, de la Secretaría General y de la Jefatura de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Precisión sobre el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 211-2016-MIDIS Precisar que la modificación del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 128-2012-MIDIS, efectuada por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 211-2016-MIDIS debe entenderse como una disposición aplicable solo para el año 2016; quedando por tanto vigente para todos sus efectos, lo dispuesto por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 128-2012-MIDIS. Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo Conformar el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de diseñar, proponer, organizar y conducir la implementación de las actividades conmemorativas de la "VIII Semana de la Inclusión Social", el cual estará integrado por: · El/La Jefe/a del Gabinete de Asesores, quien lo presidirá. · El/La Viceministro/a de Políticas y Evaluación Social. · El/La Viceministro/a de Prestaciones Sociales. · El/La Secretario/a General. · El/La Jefe/a de la Oficina General de Administración. · El/La Jefe/a de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales. · El/La Jefe/a de la Oficina General de Comunicación Estratégica. Artículo 3.- Funciones El Grupo de Trabajo creado por el artículo 2 de la presente resolución, tendrá como funciones, diseñar, proponer, organizar y conducir la implementación de las

actividades conmemorativas de la "VIII Semana de la Inclusión Social". Realizadas las actividades conmemorativas antes señaladas, el Grupo de Trabajo presenta al Despacho Ministerial un Informe Final en el que se detallen las acciones efectuadas en cumplimiento de lo dispuesto por la presente resolución, y los resultados obtenidos, teniendo como plazo máximo para la presentación hasta el 30 de noviembre de 2019, con lo cual se dará por culminado sus funciones. Artículo 4.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de publicada la presente resolución. Artículo 5.- Plan de Trabajo En un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles contados desde el día siguiente de su instalación, el Grupo de Trabajo presenta al Despacho Ministerial un Plan de Trabajo que incluirá, entre otras acciones, la propuesta temática y denominación, el programa de actividades y el presupuesto tentativo para la celebración de la citada semana. Artículo 6.- Cooperación de los programas nacionales, órganos y unidades orgánicas Los programas nacionales, órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, deben brindar la información que les sea solicitada por el Grupo de Trabajo, así como otorgar las facilidades que dicho grupo les requiera para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1777308-1

Designan Directora de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 150-2019-MIDIS Lima, 7 de junio de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 283-2019-MIDIS/VMPS del Viceministerio de Prestaciones Sociales; el Informe Nº 234-2019-MIDIS/SG/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe Nº 226-2019-MIDIS/SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2017-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose a la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias como unidad orgánica de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 105-2019-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional

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