Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2019 (21/06/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 21 de junio de 2019 /

El Peruano

de Inversión. Para determinar el beneficio antes indicado se considerarán las adquisiciones de bienes, servicios y contratos de construcción que se hubiesen efectuado a partir del 02 de octubre de 2017 hasta el 30 de junio de 2019, fecha anterior al inicio de operaciones productivas. 4.2. La lista de bienes, servicios y contrato de construcción se incluirá como Anexo I al Contrato de Inversión y podrá ser modificada a solicitud de la empresa IHI PERÚ S.A.C, de conformidad con el numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF y sus modificatorias. Artículo 5.- Aprobación de la lista de bienes, servicios y contratos de construcción. Aprobar la lista de bienes, servicios y contrato de construcción a favor de la empresa IHI PERÚ S.A.C, aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas, y que en Anexo I se adjunta, formando parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para el acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas del Proyecto "Hotel IHI Arequipa". Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo ANEXO I. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 II. 1 SERVICIOS Servicio de diseño arquitectónico Servicio de asesoría legal Servicio de diseño interior Servicio de diseño hidráulico Servicio de estudio de suelos Servicio de asesoría técnica Servicio de diseño estructural Servicio de diseño de sistema de seguridad y control Servicio de asesoría sobre el sistema de aire acondicionado Servicio de diseño eléctrico Servicio de plan de manejo de tráfico Servicio de seguro todo riesgo Servicio técnico para la obtención de beneficio tributario Servicio de supervisión de obra Servicio de gerencia de proyecto Servicio de compra de muebles y equipo ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Contrato de construcción EPC necesario para la ejecución del proyecto 1780580-1

dispuso que, a partir del Año Fiscal 2014, las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX) dependen funcional, administrativa y orgánicamente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante el numeral 24.1 del artículo 24 de la Ley Nº 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, se ha dispuesto que las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX) dependan funcional, administrativa y orgánicamente de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y Turismo - PROMPERÚ; Que, en el numeral 24.2 del artículo 24 de la citada Ley, señala que para implementar lo dispuesto en el numeral precedente, se debe conformar una comisión de transferencia a cargo del proceso de transferencia del acervo documental, los recursos, bienes y el personal a PROMPERÚ; Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en su artículo 35, señala que las Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; Que, el artículo 36, numeral 1, de la citada Ley N° 29158, determina que la Comisión Sectorial es de naturaleza temporal y se aprueba mediante Resolución Ministerial, teniendo la finalidad específica de cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos; Que, el artículo 22 del Decreto Supremo Nº 054-2018PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2018PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, señala que la designación de los miembros de una Comisión se realiza en función del cargo y solo excepcionalmente puede hacerse en función a la persona que ocupa un determinado cargo; Con el visado de la Secretaria General del MINCETUR y de la Gerencia General de PROMPERÚ; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR y sus modificatorias; así como el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto de la Norma Créase la Comisión de Transferencia encargada de efectuar las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas. Artículo 2.- Conformación, designación e instalación de la Comisión de Transferencia Conformar la Comisión de Transferencia a cargo del proceso de transferencia del acervo documental, los recursos, bienes y el personal a la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y Turismo - PROMPERÚ, la cual estará integrada por: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: - La Secretaria General. - La Directora de Gestión y Monitoreo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior - DGMOCEX. - El Director General de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo - OGPPD. - La Directora (e) de la Oficina de Racionalización de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo - OGPPD. - El Director General de la Oficina General de Administración - OGA. - La Directora de la Oficina de Administración Financiera de la Oficina General de Administración - OAF. - El Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administración - OASA. Comisión de Promoción del Perú Exportación y Turismo - PROMPERÚ: para la

Crean Comisión de Transferencia encargada de efectuar acciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 223-2019-MINCETUR Lima, 20 de junio de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014,

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