Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2019 (21/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 21 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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y Derechos Humanos, la Ministra de Transportes y Comunicaciones, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y la Ministra de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de junio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA Ministra de Educación CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones 1781343-4

Autorizan viaje de Personal Policial a Italia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 882-2019-IN Lima, 19 de junio de 2019 VISTOS, el Oficio N° 738-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 001542-2019/IN/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 38-2019-SCG-PNP/ DIRASINT-APR-ITALIA de fecha 13 de abril de 2019, la Agregaduría Policial del Perú en la República Italiana informa a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú respecto a una beca de estudios dirigida a un Oficial Superior de la Policía Nacional del Perú, para el "Curso de Terrorismo y Subversión" organizado por la Escuela Internacional de Alta Formación para Prevención y Lucha contra el Crimen Organizado, a llevarse a cabo del 24 de junio al 05 de julio de 2019, en la ciudad de Caserta de la República Italiana; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 179-2019-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 30 de mayo de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Julissa Osmara De La Cruz Soria, a la ciudad de Caserta de la República Italiana para que participe en el curso antes citado, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que significa un espacio de formación donde podrá aportar experiencias en temas relacionados al terrorismo en el campo de la inteligencia y fortalecer relaciones con sus similares, recibiendo además

asistencia técnica y profesional en los diferentes campos de la actividad funcional, mejorando sus capacidades, destrezas y habilidades a fin de hacer más eficiente y eficaz la labor policial en nuestro país, en cuanto a seguridad nacional y transnacional; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento y alimentación, son asumidos por la Escuela Internacional de Alta Formación para Prevención y Lucha contra el Crimen Organizado, conforme lo precisa la Agregaduría Policial del Perú en la República Italiana mediante Informe N° 11-2019-SCG-PNP/DIRASINTAPR-ITALIA de fecha 12 de abril de 2019, mientras que los gastos que irrogue por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos (financiamiento parcial), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 2434-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE de fecha 06 de junio de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada por Decreto Legislativo N° 1267 establece en su artículo 5 que "El personal policial tiene los siguientes derechos: (...) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (...)"; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

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