Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2019 (21/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 21 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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Informe N° 113-2019-PRODUCE/OGA-OC de la Oficina de Contabilidad, que efectúa el cálculo de viáticos correspondientes para la comisión de servicios; asimismo, adjunta el Informe N° 182-2019-PRODUCE/OGA-OA de la Oficina de Abastecimiento, donde se precisa que se han cotizado los pasajes aéreos para la comisión de servicios en tarifa económica, además de adjuntar el itinerario correspondiente; Que, mediante Memorando N° 00627-2019-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° 077-2019-PRODUCE/OGPPM-OCTAI, de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, a través del cual se señala la importancia de la participación de la entidad en el mencionado taller, indicando que se enmarca en lo establecido por la "Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional 2012", en particular al Área Prioritaria 3 "Economía Competitiva, Empleo y Desarrollo Regional" y al Área Prioritaria 4 "Recursos Naturales y Medio Ambiente"; además de alinearse al objetivo estratégico "Mejorar la cadena de valor de las actividades de Pesca y Acuicultura" del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017­2021; asimismo, adjunta el Informe N° 181-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, que sustenta la aprobación de la certificación presupuestal para la asignación de viáticos y compra de pasajes aéreos correspondientes al viaje en comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias, señalan que la Resolución de autorización de viaje al exterior debe sustentarse en el interés nacional o el interés específico institucional; y que las autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes que ocasionen gastos al Estado, se otorgan por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, de acuerdo a los fines expuestos en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Omar Ricardo Ríos Bravo de Rueda, profesional de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, del 23 al 25 de junio de 2019, a la ciudad de Valparaíso, República de Chile; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial N° 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Omar Ricardo Ríos Bravo de Rueda, profesional de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, del 23 al 25 de junio de 2019, a la ciudad de Valparaíso, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a pasajes aéreos y viáticos que irrogue el viaje autorizado, serán

cubiertos con cargo al presupuesto 2019 del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos por 3 días Pasaje aéreo (2 días + 1 día por (Incluido TUUA) US$ concepto de instalación) US$ 370,00 por día 1 036,54 1 110,00

Nombres y apellidos Omar Ricardo Ríos Bravo de Rueda

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional autorizado en el artículo 1 debe presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1781351-2

Establecen el período de veda reproductiva del recurso hidrobiológico "trucha arco iris" en los cuerpos de agua de la región Huancavelica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 274-2019-PRODUCE Lima, 20 de junio de 2019 VISTOS: El Oficio N° 460-2019-IMARPE/DEC del Instituto del Mar del Perú­IMARPE, el Informe N° 140-2019-PRODUCE/DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, el Informe N° 533-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, en adelante la Ley, en su artículo 2 establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; y que en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9 de la Ley dispone que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; además, que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio; Que, el IMARPE mediante el Oficio N° 460-2019-IMARPE/DEC remite la opinión técnica "SOBRE PROPUESTA DE VEDA DEL RECURSO TRUCHA Oncorhynchus mykiss EN LA REGIÓN HUANCAVELICA", recomendando que "Visto la relativa información aportada por la DIREPRO Huancavelica sobre la evolución de la condición reproductiva del recurso trucha en el ámbito regional, asimismo considerando la información técnica que sustentó la precedente norma de establecimiento del período de veda reproductiva (R.M.

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