Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2019 (23/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Domingo 23 de junio de 2019 /

El Peruano

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Capitán de Fragata Sandro Jesús CANALES Martínez, CIP. 00910740, DNI. 43328753, para que se desempeñe como Oficial Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y participe en la Maestría Acreditada en Ciencias de Defensa y Seguridad Interamericana, Clase LIX­Asesor en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la Ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 1 de julio del 2019 al 30 de junio del 2021. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1781836-10

Autorizan viaje de oficial del Ejército Peruano a los EE.UU., en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0782-2019 DE/EP Jesús María. 19 de junio de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 068/DRIE/SECC RESOL del 29 de abril de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 1080-2019/OAJE/L-2, del 29 de abril de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 105/MAAG/ARSEC-LOG del 15 de febrero de 2019, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, comunica al Director de Educación y Doctrina del Ejército, que la Oficina de Entrenamiento de Asistencia de Seguridad (SATFA) del Ejército de los Estados Unidos ha confirmado que en la línea 4 del Caso FMS PE-B-OAS tiene una disponibilidad de fondos de aproximadamente $ 410,000., confirmando una (01) vacante para el Curso de Comando y Estado Mayor General para Oficiales, en el "Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica" WHINSEC en el Fuerte Benning, Estado de Georgia; Estados Unidos de América, en el periodo comprendido del 26 de junio de 2019 al 21 de mayo de 2020, incluyendo los costos de "viaje" (Travel and Living Allowance ­ TLA); Que, mediante Hoja de Recomendación N° 032/U-4.b.1/05.00 del 25 de marzo de 2019, el Comandante General del Ejército propone la designación del Mayor EP José Manolo MAGUIÑA MENDOZA, para participar como Alumno del Curso de Comando y Estado Mayor General para Oficiales, en el "Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica" WHINSEC, en el Fuerte Benning, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, en el periodo comprendido del 26 de junio de 2019 al 21 de mayo de 2020; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de prever la participación oportuna del personal designado en el

referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 26 de junio al 31 de diciembre de 2019, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, para completar el periodo de duración de la Misión de Estudios a partir del 01 de enero de 2020 al 21 de mayo de 2020, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, conforme a la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, se precisa que el viaje de estudios del Oficial Superior designado, es conveniente e importante para la institución, ya que permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de Educación del Ejército del 11 de abril de 2019, los gastos por concepto de Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y Gastos de Traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 y del Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el inciso c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; y modificado con el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG; Que, la actividad antes señalada se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2019; el cual se encuentra pendiente de aprobación; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el personal militar nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26; y, conforme a su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005DE/SG, y, sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos N° 010-2010-DE; y, el N° 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización

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