Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2019 (26/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de junio de 2019 /

El Peruano

Huánuco y San Martín; Lima, con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lima, Lima Sur, Cañete e Ica; Lima Este, con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lima Este y Lima Norte; y, Callao, con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Callao, Ventanilla y Huaura; en el caso de Tumbes, Santa, Cusco, Áncash, Apurímac, La Libertad, Ucayali, Puno, Arequipa, Madre de Dios, Loreto y Lambayeque, la competencia territorial se ciñe a sus Distritos Judiciales. Frente a ello, cabe precisar que el marco procedimental de la extinción de dominio exige una constante interacción entre la Fiscalía y el órgano jurisdiccional, que es necesario viabilizar a efectos de evitar cualquier afectación a la labor del Ministerio Público motivada por la falta de proximidad física, en tal virtud, deviene indispensable que se equipare la existencia de fiscalías en los Distritos Fiscales a nivel nacional. Cabe mencionar que, conforme al tenor de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 737-2015-MP-FN y sus posteriores modificatorias (Resoluciones de Fiscalía de la Nación Nº 2922-2015-MP-FN, Nº 2926-2015-MPFN, Nº 4692-2015-MP-FN, Nº 2115-2016-MP-FN, Nº 920-2017-MP-FN y Nº 1532-2017-MP-FN), fueron designadas Fiscalías Provinciales y Superiores encargadas de conocer los casos de lavado de activos fuera de la competencia del Sub Sistema de las Fiscalías Especializadas en Lavado de Activos y Pérdida de Dominio; asimismo, por Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 864-2018-MP-FN se designaron las Fiscalías Provincial y Superior para que conozcan en adición a sus funciones las investigaciones por delito de lavado de activos y pérdida de dominio fuera de la competencia del citado sub sistema nacional en el distrito fiscal de la Selva Central. Sin embargo, en aras de garantizar la adecuada aplicación del Decreto Legislativo N° 1373 y evitar los exiguos resultados de las anteriores legislaciones sobre pérdida de dominio, resulta indispensable la proactividad de los fiscales, la cual se dificulta en el caso que soporten carga en adición a sus funciones, pues la falta de exclusividad para conocer los casos de extinción de dominio impide que generen su propia carga de trabajo a través de las fuentes informativas a las que pueden acceder en base a una labor proactiva al interior del distrito fiscal en el que ejercen su ámbito de competencia territorial. En función a ello, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 62-2019-MP-FN-JFS, de fecha 07 de junio de 2019, de conformidad con el Acuerdo N° 5531, se dispuso la creación de dos (02) Fiscalías Superiores Transitorias de Extinción de Dominio en los Distritos Fiscales de Lima y Arequipa y ventiún (21) Fiscalías Provinciales Transitorias de Extinción de Dominio a nivel nacional, las cuales estarán conformadas por una (01) plaza de Fiscal Superior y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Superiores; dieciocho (18) plazas de Fiscales Provinciales y treinta y seis (36) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, respectivamente, todas con carácter transitorio; asimismo se precisa que la fiscalía superior y las tres fiscalías provinciales creadas para el Distrito Fiscal de Lima, serán cubiertas con plazas de fiscales ya existentes. En tal sentido, se hace necesario cubrir las plazas fiscales referidas precedentemente, las mismas que, al encontrarse vacantes, corresponde expedir el resolutivo a través del cual se dispongan los nombramientos y designaciones respectivos, previa verificación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052 Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Aracelly Gutiérrez Marallano, Fiscal Adjunta Provincial Titular Especializada Contra la Criminalidad Organizada (Corporativa) de Ayacucho, Distrito Fiscal de Ayacucho, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ayacucho, materia de la Resolución de la

Fiscalía de la Nación N° 1026-2015-MP-FN, de fecha 25 de marzo de 2015. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de la abogada Erika Lizeth Cabrera Chávez, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Cajamarca, Distrito Fiscal de Cajamarca, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4165-2013-MP-FN, de fecha 20 de diciembre de 2013. Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Giuliana Janet Valdiviezo Pastor, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Cajamarca, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2144-2017-MP-FN, de fecha 22 de junio de 2017. Artículo Cuarto.- Dar por concluida la designación de la abogada Evelyn Alana Malpartida Acuña, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Huánuco, Distrito Fiscal de Huánuco, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 475-2014-MPFN, de fecha 06 de febrero de 2014. Artículo Quinto.- Dar por concluida la designación del abogado Eddy Chandu Becerra Guerra, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal (Corporativo) de Tambopata, Distrito Fiscal de Madre de Dios, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Madre de Dios, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2343-2014-MPFN, de fecha 17 de junio de 2014. Artículo Sexto.- Nombrar a la abogada Aracelly Gutiérrez Marallano, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Ayacucho, con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Ayacucho y Huancavelica, con retención de su cargo de carrera. Artículo Séptimo.- Nombrar a la abogada Yeny Llocclla Flores, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Ayacucho, con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Ayacucho y Huancavelica, con reserva de su plaza de origen. Artículo Octavo.- Nombrar a la abogada Karla Coello Arango, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Ayacucho, con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Ayacucho y Huancavelica. Artículo Noveno.- Nombrar a la abogada Erika Lizeth Cabrera Chávez, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Cajamarca, con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Cajamarca y Amazonas, con retención de su cargo de carrera. Artículo Décimo.- Nombrar a la abogada Giuliana Janet Valdiviezo Pastor, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Cajamarca, con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Cajamarca y Amazonas. Artículo Décimo Primero.- Nombrar al abogado Álvaro Martín Centurión Figueroa, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Cajamarca, con competencia territorial en los Distritos Fiscales de Cajamarca y Amazonas. Artículo Décimo Segundo.- Nombrar a la abogada Evelyn Alana Malpartida Acuña, como Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Huánuco, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial

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