Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2019 (26/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de junio de 2019 /

El Peruano

a) Jr. Mariscal Castilla Nº 813, 2º piso, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima. b) Calle Domingo Cueto Nº 337, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá ser notificada a través de Secretaria General a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1781950-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República como parte del proceso de incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional
ACUERDO REGIONAL Nº 259-2019-GRJ/CR POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 21 días del mes de mayo de 2019, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales vigente; y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el numeral 3) del artículo 192º de la Constitución Política del Perú, prescribe que los Gobiernos Regionales son competentes para administrar sus bienes y rentas, siendo considerados como tales las transferencias específicas que les asigna la Ley Anual de Presupuesto; así mismo, el Art. 20º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, refiere que el Presidente Regional (Gobernador Regional) es titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional; siendo atribución del Consejo Regional autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional conforme el literal i) del Art. 15º de la misma ley. Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2019, en su artículo 16.2 establece que, las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1, en el caso de las entidades de los Gobiernos Regionales serán mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La Resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario oficial El Peruano. Que la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, indica en su artículo 1ºestablece las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control con la finalidad de modernizar, mejorar y asegurar en ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental; así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción, Que, con Oficio Nº 00396-2019-CG/DC, de fecha 27 de febrero del 2019, el Contralor General de la República, solicita transferencia financiera en el marco del proceso de incorporación progresiva de los OCI a la CGR, indicando

que con Resolución de Contraloría Nº 355-2018-CG se aprobó el "Plan de implementación de la incorporación y transferencia de los órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República", asimismo, explica que el proceso de incorporación se efectuará de manera gradual y progresiva, en esta etapa corresponde la transferencia de recursos vinculados al personal profesional bajo cualquier modalidad de contratación, que desarrolla labores que estén directamente vinculados a las acciones de control de la Entidad. En tal sentido, las transferencias financieras a efectuare deben incluir necesariamente los recursos que financian los contratos de locación de servicios, contratos administrativos de servicios, y otros tipos de contratación de personas que prestan servicios en los Órganos de Control Institucional y cuyas actividades estén relacionados a las acciones de control. Que, el Reporte Nº 190-2019-GRJ/ ORAJ, de fecha 03 de mayo del 2019, emitido por la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, con el cual remite el Informe Legal Nº 228-2019-GRJ/ORAJ respecto transferencia financiera en el marco del proceso de incorporación progresiva de OCI a la CGR opina que es factible que la transferencia financiera señalada en la tercera disposición complementaria final de la Ley Nº 30742 (...) para lo cual debe de ponerse a consideración del Consejo Regional Junín. Que, Informe Presupuestal Nº 058-2019-GRJ/ GRPPAT, de fecha 26 de abril de 2019, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, respecto a transferencia en el marco del proceso de incorporación progresiva de los OCI a la CGR, concluye que se sustenta la disponibilidad presupuestal para proseguir con el trámite correspondiente con respecto a la transferencia financiera a la Contraloría General de la República, por el importe de S/ 115,462.80 soles (ciento quince mil cuatrocientos sesenta y dos y 80/100 soles), teniendo en consideración el inciso i) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la cual autoriza a la Oficina de Consejo Regional la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional. Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y contando con el Dictamen favorable Nº 022-2019-GRJ-CR/ CPPPyDI de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, en concordancia con su Reglamento Interno, ha aprobado lo siguiente: El Consejo Regional con el voto de la MAYORÍA de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la transferencia financiera por S/ 115,462.80 soles (ciento quince mil cuatrocientos sesenta y dos y 80/100 soles) correspondiente a los recursos vinculados al personal profesional bajo cualquier modalidad de contratación, que desarrolla labores que estén directamente vinculados a las acciones de control de la Entidad que estén a cargo del Órgano Regional de Control Institucional. Transferencia a favor de la Contraloría General de la República como parte del proceso de incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 30742. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Gobernador Regional adopte las acciones administrativas que aseguren la presente transferencia financiera. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria de Consejo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Dado en el Gobierno Regional de Junín a los, 21 días del mes de Mayo del año dos mil diecinueve. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SAÚL ARCOS GALVÁN Consejero Delegado 1782345-1

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