Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2019 (26/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de junio de 2019 /

El Peruano

Disposiciones Mínimas Transitorias para la presentación de requerimientos fiscales en la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CRIMEN ORGANIZADO Y DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 077-2019-P-CSJEDDCOyCF-PJ Lima, cinco de junio de dos mil diecinueve. VISTO: El Oficio Nº 60-2019-CSECO-CSJEDDCOyCFPJ, remitido por la señorita jueza superior coordinadora del Sistema Especializado en Delitos de Crimen Organizado, doctora Sonia Bienvenida Torre Muñoz, mediante el cual, entre otros, propone a este Despacho se autorice formalmente que, ante la presentación en físico de requerimientos fiscales y sus anexos, para los fines de formación del expediente o cuaderno judicial, se acompañe su reproducción íntegra en disco compacto (CD), en número necesario, para la notificación a las demás partes procesales de ser el caso, teniendo en cuenta mediar como contexto normativo lo previsto en el artículo 127° del Código Procesal Penal; y CONSIDERANDO: Primero.- Que, en el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 318-20 18-CE- PJ del 12 de diciembre de 2018, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso constituir la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, sobre la base de la fusión de la Sala Penal Nacional y del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios; aprobándose el Estatuto en el artículo segundo de la precitada resolución administrativa, precisándose en el artículo 10° numeral 1 que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia Especializada es el órgano de dirección que representa al Poder Judicial en el ámbito de su especialidad, que abarca todo el territorio nacional. Segundo.- La magistrada coordinadora del Sistema Especializado en Delitos de Crimen Organizado atendiendo a las funciones conferidas por el artículo 5° del Reglamento de las Coordinaciones de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 084- 2019-CE-PJ del 13 de febrero de 2019, propone se autorice formalmente que ante la presentación en físico de requerimientos fiscales y sus anexos de ser el caso, para los fines de formación del expediente o cuaderno judicial, se acompañe su reproducción íntegra en disco compacto (CD), en número necesario, para la notificación a las demás partes procesales; teniendo en cuenta mediar como contexto normativo lo regulado en el artículo 127° del Código Procesal Penal, siendo pertinente observar lo establecido por el artículo 122° inciso cuarto, concordante con el inciso primero del dispositivo legal antes mencionado. Tercero.- Que, además de los dispositivos normativos citados, se debe tener en consideración lo expuesto en el primer párrafo del artículo 133º del Código Procesal Civil, aplicable al proceso penal por remisión expresa del numeral 6 del artículo 127º del Código Procesal Penal de 2004. Cuarto.- Que, la propuesta formulada por la señorita jueza superior coordinadora del Sistema Especializado en Delitos de Crimen Organizado deviene en acertada, correspondiendo a este despacho expedir la resolución administrativa pertinente para su observación tanto por el Sistema antes mencionado como por el de Corrupción de Funcionarios. Por estos fundamentos, de conformidad con el artículo 90º inciso 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 10º inciso 2. literal d) del

Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.º 318-2018-CE-PJ, los que facultan a la Presidencia de la Corte Superior Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios a tomar las medidas que aseguren una pronta administración de justicia, SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR como Disposiciones Mínimas Transitorias para la presentación de requerimientos fiscales y sus anexos de ser el caso, en la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, lo siguiente: A. Norma de interpretación general La Administración de Justicia garantiza el correcto ejercicio del derecho de defensa en todo estado y grado del procedimiento, mediante la notificación; debiendo observar con cautela las condiciones sociales, económicas y culturales en las que se encuentran los justiciables. La situación jurídica del imputado no puede constituir obstáculo de acceso a la justicia ni impedir su efectiva notificación sobre las actuaciones de la Administración Pública que le conciernen. B. Presentación física de requerimientos fiscales y anexos El Ministerio Público presentará en original cada requerimiento que formule acompañado de sus anexos en físico de ser el caso, ante la Mesa de Partes del Módulo Penal del nuevo Código Procesal Penal del Sistema Especializado correspondiente, conjuntamente con ello deberá adjuntar su reproducción íntegra en disco compacto (CD) en número necesario para la notificación a las demás partes procesales. Artículo Segundo.- Lo dispuesto en el artículo precedente excluye a cualquier otro trámite que formulen las partes procesales ante los dos Sistemas Especializados. Artículo Tercero.- PONER LA PRESENTE RESOLUCIÓN A CONOCIMIENTO del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidente de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Coordinaciones del Sistema Especializado en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios respectivamente, Coordinaciones de las Fiscalías Penales Especializadas de competencia nacional, Oficina de Administración y Administración del Módulo del Código Procesal Penal de los dos Sistemas Especializados antes citados, personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Especializada, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese donde corresponda. INES F. VILLA BONILLA Presidenta (P) 1782607-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos al Presupuesto Institucional de la Contraloría General para el Año Fiscal 2019
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 181-2019-CG Lima, 24 de junio de 2019

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