Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2019 (13/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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de Inversión OSIPTEL; Privada en

NORMAS LEGALES
Telecomunicaciones -

Miércoles 13 de marzo de 2019 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 20° de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario Oficial El Peruano, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, por Resolución de Contraloría N° 432-2018-CG, publicada el 24 de agosto de 2018 en el Diario Oficial El Peruano, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República; Que, con Oficio N° 00345-2018-CG/DC, recibido el 27 de febrero de 2019, la Contraloría General de la República solicita al OSIPTEL que efectúe la transferencia financiera para el pago del 50% restante de la retribución económica que incluye el IGV, de la auditoría externa del ejercicio 2018; Que, se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, ascendente al monto de S/ 54,519.33, conforme a la previsión presupuestal N° 124-GPP/2018 del 26 de setiembre 2018; Que, el tercer párrafo del artículo 20° de la Ley N° 30742 Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; En uso de las facultades conferidas por el Reglamento General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 008-2001-PCM; y con la conformidad de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Asesoría Legal y la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019, del Pliego 019: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones [001265], hasta por la suma de S/ 54,519.33 (CINCUENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECINUEVE CON 33/100 SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado al pago del 50% restante de la retribución económica que incluye el IGV, de la auditoría externa del ejercicio 2018. Artículo 2°.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1° de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 019: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones [001265], Categoría Presupuestal

9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1311 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3°. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1° de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Publicación Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones. Regístrese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1748370-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Delegan facultades en diversos funcionarios de la ONP
RESOLUCION JEFATURAL Nº 021-2019-JEFATURA/ONP Lima, 4 de marzo de 2019 VISTO: El Informe Nº 137-2019-OAJ/ONP de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de Normalización Previsional (ONP), reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, reglamentada a través del Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, y definida como un Organismo Público del Sector de Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, así como el Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley Nº 30003, y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a Ley; Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM ha calificado a la Oficina de Normalización Previsional como Organismo Público Técnico Especializado; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 174-2013EF/10 y su modificatoria, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la ONP; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 181-2018-GG/ONP se aprueba el Manual de Perfiles de Puestos ­ MPP Actualizado de la ONP, en el cual se han cambiado la denominación de los puestos de la entidad, los cuales deben ser recogidos en la resolución que delega facultades a los servidores de la entidad; Que, conforme a la normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, conformada por la Ley Nº 28411

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