Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2019 (13/03/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de marzo de 2019 /

El Peruano

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1749190-1

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar contratación de sociedad de auditoría externa
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 030-2019-SMV/02 Lima, 8 de marzo de 2019 El Superintendente del Mercado de Valores (e) VISTOS: El Expediente N° 2018037148 y el Informe Conjunto N° 246-2019-SMV/07/08 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Administración de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV. CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 20 de la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 4322018-CG, publicada el 24 de agosto de 2018, la Contraloría General de la República aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República; Que, con Resolución de Superintendente N° 1202018-SMV/02 del 24 de septiembre de 2018, se aprobó la Transferencia Financiera por el 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) y el 6% por derecho de designación o supervisión de sociedades de auditoría, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 de la SMV,

hasta por la suma de S/ 75 079,72 (setenta y cinco mil setenta y nueve y 72/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizaría la auditoría de la SMV correspondiente al ejercicio 2018; Que, teniendo en cuenta que la SMV ha cumplido con efectuar la primera transferencia financiera solicitada y habiéndose iniciado la ejecución del ejercicio fiscal 2019, mediante Oficio N° 00341-2019-CG/DC recibido el 27 de febrero de 2019, la Contraloría General de la República ha solicitado a la SMV efectuar la segunda transferencia financiera por el 50% de la retribución económica que incluye el IGV, por el importe de S/ 68 149,28 (sesenta y ocho mil ciento cuarenta y nueve y 28/100 soles), en un plazo máximo de quince (15) días; Que, se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República por el monto ascendente a S/ 68 149,28, para el financiamiento total de la contratación de la sociedad de auditoría externa designada para el ejercicio 2018; y, Estando a lo señalado y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785 y el Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y sus modificatorias, así como la Resolución de Superintendente N° 025-2019-SMV/02; RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019, del Pliego 058: Superintendencia del Mercado de Valores, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia del Mercado de Valores [001274] hasta por la suma de S/ 68 149,28 (sesenta y ocho mil ciento cuarenta y nueve y 28/100 soles) en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado al financiamiento total de la contratación de la sociedad de auditoría externa que realiza la auditoría correspondiente al ejercicio 2018 de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 058: Superintendencia del Mercado de Valores, Unidad Ejecutora 001: Superintendencia del Mercado de Valores [001274], Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer que la presente resolución se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO JULIO RABANAL SOBRINO Superintendente del Mercado de Valores (e) 1748588-1

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