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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2019 (29/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 140

16 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2019 / El Peruano y adquisición de nuevo equipamiento biomédico en el marco de los programas presupuestales de salud; de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSAFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios PROGRAMA PRESUPUESTAL 0001 : Programa Articulado Nutricional PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5004426 : Monitoreo, supervisión, evaluación y control del Programa Articulado NutricionalGASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias 16 660 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0002 : Salud Materno Neonatal PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5004430 : Monitoreo, supervisión, evaluación y control de la Salud Materno NeonatalGASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias 16 660 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0016 : TBC-VIH/SIDA PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5004433 : Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control de VIH/SIDA - TuberculosisGASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias 16 660 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxenicas y Zoonosis PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5000085 : Monitoreo, supervisión, evaluación y control metaxenicas y zoonosisGASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias 16 660 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0018 : Enfermedades no transmisibles PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5004452 : Monitoreo, supervisión, evaluación y control de Enfermedades no transmisiblesGASTO DE CAPITAL2.4 Donaciones y Transferencias 10 000 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5004441 : Monitoreo, supervisión, evaluación y control de Prevención y Control del Cáncer GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 10 854 038,00 TOTAL EGRESOS 87 494 038,00 =========== A LA: En SolesSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 209 620,00 SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos No Financieros 85 284 418,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 87 494 038,00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por unidad ejecutora y genérica de gasto, se detallan en los Anexos 01 “Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y 25 Gobiernos Regionales para reposición y adquisición de nuevo equipamiento biomédico - IOARR” y Anexo 02 “Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y 25 Gobiernos Regionales para reposición y adquisición de nuevo equipamiento biomédico – Otros gastos de capital”, que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3.- Publicación de la desagregación por Programa Presupuestal El Ministerio de Salud publica en su portal institucional (www.minsa.gob.pe), dentro de los tres (03) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo, el detalle de la desagregación de los Anexos a que se hacen referencia en el párrafo 1.2 del artículo 1 de esta norma, a nivel de pliego, unidad ejecutora y genérica de gasto asociada a los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y VIH/SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer, Control y Prevención en Salud Mental, Prevención y Manejo de Condiciones Secundarias de Salud en Personas con Discapacidad y Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas, según corresponda. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1755524-9