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9 NORMAS LEGALES Viernes 29 de marzo de 2019 El Peruano / acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. 4.2 La Unidad Ejecutora de Inversión antes mencionada remite trimestralmente a la OPMI del Ministerio de Agricultura y Riego la información consignada en el párrafo precedente. Artículo 5. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Agricultura y Riego y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO Ministra de Agricultura y Riego 1755524-5 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 del Pliego Ministerio de Salud a favor del Gobierno Regional del departamento de Puno y de la Municipalidad Distrital de Chilcas DECRETO SUPREMO Nº 103-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el párrafo 14.1 del artículo 14 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional que cuenten con recursos públicos asignados en su presupuesto institucional para la ejecución en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales de las inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho sistema, por la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, para aprobar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio, señalando que dichos decretos supremos que aprueban las transferencias de recursos se publican hasta el 29 de marzo de 2019; Que, el párrafo 14.2 del citado artículo establece que, previamente a la transferencia de recursos, las inversiones bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho sistema deben contar con la opinión favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del sector o la que haga sus veces sobre el cumplimiento de las normas técnicas y criterios de priorización del sector, y respecto a su registro en la Cartera de Inversiones del Programa Multianual de Inversiones (PMI) del sector; Que, de acuerdo al párrafo 14.3 del artículo 14 de la aludida Ley, las Unidades Ejecutoras de Inversión (UEI) de los sectores, o las que hagan sus veces, son responsables de la veri fi cación y seguimiento, lo que incluye el avance físico y fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución física de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, según corresponda, debiendo remitir trimestralmente dicha información a la OPMI del sector respectivo o la que haga sus veces; Que, el párrafo 14.7 del mismo artículo 14, señala que lo dispuesto en el citado artículo se aplica a los recursos provenientes de las operaciones de endeudamiento determinadas por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Directoral; Que, mediante Resolución Directoral N° 012- 2019-EF/52.01, se determinaron las operaciones de endeudamiento que se encuentran dentro de los alcances de lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 30879; Que, mediante el Informes N°s. 156, 169, 170-2019-OPMI-OGPPM/MINSA, la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud emite opinión favorable respecto a los proyectos de inversión propuestos, en torno al cumplimiento de las normas técnicas, criterios de priorización del sector, cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios y su registro en el Programa Multianual de Inversiones 2019-2021, de acuerdo a lo señalado en el párrafo 14.2 del artículo 14 de la Ley Nº 30897; Que, asimismo, con el Informe N° 118 y 119-2019-OP- OGPPM/MINSA y el O fi cio N° 0227-2019-OGPPM/ MINSA, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud señala que cuenta con los recursos presupuestales en el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud, en la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para ser transferidos a favor del Gobierno Regional del Departamento de Puno y la Municipalidad Distrital de Chilcas, para el fi nanciamiento de la ejecución de proyectos de inversión; para lo cual informa que se han suscrito convenios entre el Ministerio de Salud y los pliegos respectivos; en virtud de lo cual, mediante Ofi cios N°s. 640 y 641-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 59 523 333,00 (CINCUENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional del Departamento de Puno y de la Municipalidad Distrital de Chilcas, para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión; De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma total de S/ 59 523 333,00 (CINCUENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS VEINTITRÉS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES Y 00/100 SOLES), del pliego Ministerio de Salud a favor del Gobierno Regional del Departamento Puno y la Municipalidad Distrital de Chilcas, para fi nanciar la ejecución de dos (02) proyectos de inversión, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito