Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2019 (31/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Domingo 31 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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Modifican el TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2019/MDA Ate, 22 de marzo de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 013-2019-MDA/GPE-SGMI de la Sub Gerencia de Modernización Institucional; el Memorándum Nº 0193-2019-MDA/GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica; el Informe Nº 134-2019-MDA/ GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 66-2019-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 30305, concordante con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, indica que "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; Que, mediante la Ordenanza Nº403-MDA, publicado el 03.09.2016, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que fue ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº255 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; la Ordenanza Nº429-MDA, publicado el 30.12.2016 que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que fue ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº540 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; la Ordenanza Nº487-MDA, publicado el 01.01.2019 que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, el mismo que fue ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº559 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, TUPA, que han sido modificados mediante Decreto de Alcaldía Nº029-2016-MDA, Decreto de Alcaldía Nº034-2016-MDA, Decreto de Alcaldía Nº039-2016-MDA, Decreto de Alcaldía Nº003-2017MDA, Decreto de Alcaldía Nº018-2017-MDA, Decreto de Alcaldía Nº033-2017-MDA, Decreto de Alcaldía Nº011-2018-MDA, publicados el 03.09.2016, 14.11.2016, 31.12.2016, 02.03.2017, 22.07.2017, 10.09.2017 y 16.05.2018, respectivamente; la Ordenanza Nº475-MDA publicado el 12.09.2018, Decreto de Alcaldía Nº037-2018/ MDA publicado el 15.11.2018, Ordenanza Nº486-MDA, publicado el 16.11.2018 y la Ordenanza Nº488-MDA, publicado el 29.11.2018; Que, con Ordenanza Nº 491-MDA, publicada el 31.01.2019, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Ate. Las variaciones realizadas al Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, conlleva a su vez la modificación de los demás instrumentos de gestión tales como el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, siendo la herramienta estratégica que sirve para impulsar la Legitimidad del Estado Moderno, en la medida que éste cumpla los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que requiere y en el cual el Gobierno Local, tiene la responsabilidad y difundirlos al ciudadano;

Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que: "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley". (...); Que, según el inciso 39.1 del artículo 39º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; asimismo, establece en el inciso 43.5 del artículo 43º, lo siguiente: "Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por (...), Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según el nivel de gobierno respectivo"; Que, mediante Informe Nº 013-2019-MDA/GPE-SGMI, la Sub Gerencia de Modernización Institucional eleva a la Gerencia de Planificación Estratégica, la propuesta de la adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA al Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y Estructura Orgánica de la Municipalidad de Ate, aprobado con Ordenanza Nº491MDA; Que, mediante Memorándum Nº 0193-2019MDA/GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica, recomienda la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía promovido por la Sub Gerencia de Modernización Institucional de adecuación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, al Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, de esta Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza Nº491-MDA, remitiéndolo para su revisión y opinión legal; Que, mediante Informe Nº 134-2019-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que habiéndose aprobado el nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Entidad, se hace necesario la adecuación del TUPA a dicha nueva estructura, teniendo en cuenta la opinión favorable de la Sub Gerencia de Modernización Institucional y Gerencia de Planificación Estratégica, opina que es procedente mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de Ate, conforme a la propuesta presentada; Que, mediante Proveído Nº 66-2019-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º, Y ARTÍCULO 42º DE LA LEY Nº 27972 LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES SE DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR; el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ate, que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, aprobado con Ordenanza Nº 403MDA, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 255 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ordenanza Nº 429MDA, ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 540 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Ordenanza Nº487-MDA, publicado el 01.01.2019, el mismo que fue ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº559 de la

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