Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2019 (04/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 4 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES
Señor Wilson Paul Falen Lara Pasajes : US$ 2 480,81 Viáticos (3+1) : US$ 1 760,00 Señorita Desirée Córdova Sáenz Pasajes : US$ 2 480,81 Viáticos (3+1) : US$ 1 760,00

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Subgerente de la Oficina de Asuntos Internacionales de la Comisión de Valores de Estados Unidos de América a fin de que tres servidores de la mencionada entidad, realicen una pasantía sobre la aplicación de la Foreign Corrupt Practices Act ­ FCPA y la evaluación de programas de ética y cumplimiento corporativo efectivo en corporaciones públicas y privadas, del 7 al 9 de mayo de 2019, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América. Ello fue aceptado por la Oficina en mención, mediante correo electrónico de fecha 3 de abril de 2019; Que, el evento tiene como objetivo que los servidores de la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV, conozcan las obligaciones contenidas en la Convención para Combatir el Cohecho en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ­ OCDE, toda vez que a partir del 2016 el Estado peruano mediante la Ley Nº 30424, estableció que la responsabilidad administrativa de la persona jurídica es autónoma de la responsabilidad penal de la persona natural; Que, la pasantía permitirá aplicar en el Perú las buenas prácticas en la evaluación de la implementación y funcionamiento de los modelos de prevención de delitos de las empresas bajo supervisión de la Comisión de Valores y del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación de los señores Alejandro Julio Rabanal Sobrino, Superintendente Adjunto de Riesgos; Wilson Paul Falen Lara, Especialista en Supervisión y Desirée Córdova Sáenz, Analista Senior, de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV, toda vez que de conformidad con la Ley Nº 30424, la SMV es la entidad pública a la que le corresponde verificar y evaluar la implementación y funcionamiento adecuado de los modelos de prevención de delitos, adoptados por las personas jurídicas, por lo que es conveniente la realización de la pasantía; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta pertinente autorizar los mencionados viajes, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV; Que, el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los señores Alejandro Julio Rabanal Sobrino, Superintendente Adjunto de Riesgos; Wilson Paul Falen Lara, Especialista en Supervisión y Desirée Córdova Sáenz, Analista Senior, de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 6 al 10 de mayo de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: Señor Alejandro Julio Rabanal Sobrino Pasajes : US$ 2 480,81 Viáticos (3+1) : US$ 1 760,00

Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, los citados comisionados deben presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los comisionados cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1766371-1

ENERGIA Y MINAS
Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Tumbes, para ser destinados exclusivamente para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 127-2019-MEM/DM Lima, 3 de mayo de 2019 VISTOS: El expediente 2916342, el Informe N° 3032019-MEM/DGFM, emitido por la Dirección General de Formalización Minera, el Informe N° 060-2019/MEMOGPP/OPRE, de la Oficina de Presupuesto y el Informe N°426-2019-MEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el inciso ii) literal h) numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas, a efectuar transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, hasta por el monto de S/ 7 500 000.00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias financieras se financian con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados y/o el saldo de balance correspondiente a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 ­ Ministerio de Energía y Minas ­ Central; y, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario Oficial "El Peruano", previa suscripción de convenios celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación del Gobierno Regional, que recibe la referida transferencia de recursos, de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda correspondiente; quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

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