Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2019 (09/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Jueves 9 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Aprueban cambio de Zonificación de Comercio Vecinal a Comercio Zonal de predio ubicado en el distrito de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2019 Callao, 25 de abril de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 002-2019-CMPC-SRCOPO de la Comisión de Población; en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME del cuerpo de regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 en el artículo 9 inciso 5 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal N° 0000342004; y CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en el artículo 9 inciso 5 faculta al Concejo Municipal a aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial y el artículo 73 inciso d) numeral 1, establece que las municipalidades, dentro del marco de las competencias y funciones específicas comprende planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial con carácter exclusivo en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; Que, la solicitud de cambio de zonificación debe sujetarse entre otros, a los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, el cual según lo establecido en el artículo 1° del Título 1° del Título I, tiene como objeto regular los procedimientos técnicos que siguen los Gobiernos Locales a nivel nacional, en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión del suelo, de acondicionamiento territorial y de desarrollo urbano de sus circunscripciones; Que, mediante expediente N° 2018-01-130158 de fecha 28 de Diciembre de 2018 (Oficio N° 1676-2018/MDV-GLySM) la Municipalidad Distrital de Ventanilla, remite el Acuerdo de Concejo N° 85-2018-MDV-CDV de fecha 19 de diciembre de 2018, así como la Ordenanza Municipal N° 18-2018/ MDV de la misma fecha, asimismo, se remite el expediente principal en original, presentado a la Municipalidad Distrital de Ventanilla por la Empresa Jalverhill SAC., donde solicitan el cambio de zonificación de Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ) del predio denominado "Lote 01, Manzana 6H, Área Proyecto el mirador-Nuevo Pachacútec" Inscrito en la Partida N° P52024995 del Registro de Predios de la SUNARP, ubicados en el distrito de Ventanilla, en la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Informe N° 015-2019/MPC/GGDU/ GPUC-GWAS de fecha 11 de febrero de 2019 la Gerencia de Desarrollo Urbano y Catastro, concluye que el cambio de zonificación de Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ) del predio denominado "Lote 01, Manzana 6H, Área Proyecto El Mirador ­ Nuevo Pachacútec" inscrito en la P52024995 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX-Sede Lima, con un área de 20,372.35 m2, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 105°, 106° y 107° del Decreto Supremo N°022-2016VIVIENDA de fecha 24 de diciembre de 2016 que aprueba el reglamento de acordonamiento Territorial y Desarrollo Urbano sostenible, resulta técnicamente viable;

Que, el Informe referido cuenta con la conformidad de la Gerencia General de Desarrollo Urbano según se verifica del Memorando N° 336-2019-MPC-GGDU; Que, mediante Memorando N° 174-2019-MPC/ GGAJC de fecha 06 de Marzo del 2019, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación en su informe opina que, de acuerdo a lo señalado en el informe N° 015-2019/MPC/GGDU/GPUC-GWAS de fecha 11 de febrero de 2019 emitido por el área encargada de evaluar la solicitud de cambio de zonificación presentado por la empresa Jalverhill S.A.C, esto es, Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, correspondería se proceda al cambio de zonificación de Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ) del predio denominado "Lote 01, Manzana 6H, Área Proyecto El Mirador-Nuevo Pachacútec"; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE COMERCIO VECINAL (CV) A COMERCIO ZONAL (CZ), DEL PREDIO DENOMINADO "LOTE 01, MANZANA 6H, ÁREA PROYECTO EL MIRADOR ­ NUEVO PACHACÚTEC" UBICADO EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo N° 1. Apruébese el cambio de Zonificación de Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ) del predio denominado "Lote 01, Manzana 6H, área Proyecto El Mirador ­ Nuevo Pachacútec" inscrito en la P52024995 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° IX-Sede Lima, con un área de 20,372.35 m2 ubicado en el Distrito de Ventanilla. Artículo N° 2. Encárguese a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo N° 3. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1767411-1

Designan Comité Electoral responsable de conducir el proceso de elección de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial y aprueban cronograma de actividades
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2019-DA/MPC Callao, 6 de mayo del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Memorando Nº 518-2019-MPC-GGPV de la Gerencia General de Participación Vecinal, sobre designación de Comité Electoral y Cronograma para la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial, y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000008-2011, se aprueba el Reglamento para representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial; Que, el artículo 4º de la Ordenanza Municipal Nº 000008-2011, faculta al Alcalde para que mediante

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