Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2019 (11/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de mayo de 2019 /

El Peruano

Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero - CITEpesquero"; Que, el segundo párrafo del artículo 2 del Decreto Supremo n.º 088-2001-PCM, dispone que toda modificación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero ­ CITEpesquero mediante el Informe Técnico Nº 6-2019-ITP/CITEpesquero de fecha 26 de marzo de 2019, presenta la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del referido CITE, incluyendo ocho (8) servicios tecnológicos; Que, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos mediante el el Memorando Nº 498-2019-ITP/OGRRHH de fecha 1 de abril de 2019, valida la información del "costo de mano de obra por minuto" del personal del CITEpesquero los cuales se encuentran conformes; Que, la Oficina de Administración en cumplimiento de sus funciones por el Memorando Nº 3524-2019-ITP/ OA de fecha 29 de marzo de 2019, remite el informe Nº 192-2019-ITP/OA-CONT, emitido por el Responsable de Contabilidad en el que se indica que se verificó los cálculos presentados, dando la conformidad de los mismos; Que, asimismo, con el Memorando Nº 3581-2019ITP/OA de fecha 1 de abril de 2019, la Oficina de Administración remite el Informe Nº 531-2019-ITP-OA/ ABAST del Responsable de Abastecimiento informando que se ha realizado la verificación de los costos detallados en los Anexos 2 y 4 respecto al "Costo de los materiales Fungibles" y "Costo de los materiales no Fungibles", los mismos que fueron validados y que corresponden a las compras realizadas por el ITP; Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en cumplimiento de sus funciones, por el Informe Nº 152-2019-ITP/OPPM de fecha 29 de abril de 2019, en atención a su competencia emite opinión favorable al proyecto de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEpesquero, incluyendo ocho (8) servicios tecnológicos; Que, por el Informe Nº 293-2019-ITP/OAJ de fecha 30 de abril de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar la modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero - CITEpesquero, incorporando los ocho (8)

servicios propuestos al encontrarse dichos servicios dentro de las funciones del ITP y por cumplirse con los supuestos establecidos en la normatividad vigente sobre la materia; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la modificación del Tarifario de Servicios del Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero CITEpesquero, incorporando los ocho (8) servicios propuestos por el mencionado CITE; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo n.º 088-2001PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero - CITEpesquero", aprobado por la Resolución Ejecutiva Nº 74-2017-ITP/DE, modificado por la Resolución Ejecutiva Nº 196-2017-ITP/ DE y por la Resolución Ejecutiva Nº 188-2018-ITP/DE, incluyendo ocho (8) servicios tecnológicos, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al Anexo adjunto. Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO RODRIGUEZ SORIA Director Ejecutivo

ANEXO TARIFARIO DE SERVICIOS TECNOLOGICOS DEL CENTRO DE INNOVACION PRODUCTIVA Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA PESQUERO - CITEPESQUERO
Nº Denominación del Servicio Tecnológico CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES 001 002 003 004 005 006 007 008 Elaboración de Conservas a Nivel Industrial, Competencia Efectuar el escaldado o cocinado producto - Planta del cliente Elaboración de Conservas a Nivel Industrial, Competencia Adicionar el líquido de gobierno - Planta del cliente Elaboración de Conservas a Nivel Industrial, Competencia Realizar el cerrado de envases de conservas - Planta del cliente Elaboración de Conservas a Nivel Industrial, Competencia Esterilización de conservas - Planta del cliente Elaboración de Conservas a Nivel Industrial, Competencia Efectuar el escaldado o cocinado producto ­ Planta piloto del CITEpesquero* Elaboración de Conservas a Nivel Industrial, Competencia Adicionar el líquido de gobierno ­ Planta piloto del CITEpesquero* Elaboración de Conservas a Nivel Industrial, Competencia Realizar el cerrado de envases de conservas ­ Planta piloto del CITEpesquero Elaboración de Conservas a Nivel Industrial, Competencia Esterilización de conservas - Planta piloto del CITEpesquero* Solicitud dirigida al Director/a del Órgano con carácter de Declaración Jurada y obligatoria según Formulario ITP-00FR-0001 Persona Persona Persona Persona Persona Persona Persona Persona 262.70 219.50 219.50 305.90 387.90 345.10 182.20 363.50 6.2548 5.2262 5.2262 7.2833 9.2357 8.2167 4.3381 8.6548 Requisitos Unidad de Medida Valor del Servicio (Soles) % UIT

Nota: El pago se hará en efectivo, cheque o transferencia bancaria a la cuenta del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), proporcionada por el CITE. El Valor del Servicio expresado en soles no incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV). Los servicios brindados fuera de las instalaciones del CITE, no incluyen gastos por alimentos, transporte y hospedaje; estos se describirán en la propuesta económica presentada por el CITE. * Requieren de un mínimo de 2 personas para la prestación del servicio.

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